Hola a todos, tengo varias dudas sobre los juicios de faltas, porque me ha venido un cliente que tiene un juicio (como denunciante) la semana que viene, mis dudas son:
1. ¿Hasta cuando puedo personarme en el procedimiento? He leído sentencias del supremo que dicen que incluso en el mismo día del juicio ¿Esto es así?
2. Los testigos los voy a llevar yo, pero, ¿cómo los llamo en el juicio? quiero decir, en un juicio normal tú en tu escrito de acusación o de defensa ya propones los testigos y luego el oficial los va llamando para que entren, en este caso ¿te preguntan o avisas al principio? ¿como los comunicas? si te preguntan ¿cuándo lo hacen?
Muchas gracias, espero q vosotros hayais hecho más faltas que yo, con lo sencillas que parecen hay q ver las dudas que me plantean.
Puedes personarte en el procedimiento hasta el mismo día del juicio; primero se leerá por el secretario la denuncia, posteriormente el juez preguntará por las pruebas al fiscal -si comparece- y, después, a la acusación particular, que serás tú, propones tus testigos -tienes que llevarlos y el juez admitirá o no la prueba, total o parcial, posteriormente, lo hará a la defensa del denunciado.
Muchas gracias katia, es que el otro día estuve en uno, en el que era defensa y el juez no preguntó nada, con lo que se me quedó la duda.
Me has ayudado un montón, parece mentira que un procedimiento tan sencillo me genere tantas dudas.
Un saludo.