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Juicio e insolvente

2 Comentarios
 
31/01/2007 18:19
Si el arrenadatario es declarado insolvente pq no aparezcan -tras la búsqueda oportuna- bienes ni dchos a su nombre, ya puede olvidarse de cobrar, por mucha demanda ejecutiva q usted interponga. Lamentablemente así son las cosas.
Si no hay anexo con inventario firmado al contrato, difícilmente podrá demostrar q el inquilino es el responsable de ningún deterioro, si él no lo reconoce voluntariamente (si usted no puede demostar q había un jarrón y q lo recibió en perfecto estado, ¿cómo demostrar q lo ha roto?). Si bien es cierto, q si hubiera anexo con inventario firmado, la carga de la prueba de q no es el responsable de los desperfectos le correspondería a él. Saludos¡
NOTA: La próxima vez acuda a un abogado -previo presupuesto por escrito a varios- a q le redacte un buen contrato de arrendamiento q le evite futuros problemas
perfil Jan
31/01/2007 12:07
Hola Soledad. Voy a intentar responder a su preguntas:

1) " que ocurriría si mi exinquilino se declara insolvente? no cobraría ese dinero nunca? o habría un control en sus ingresos hasta que me pagara?? cuanto tardaría aproximadamente en celebrarse el juicio?" Una vez presentada la demanda, contestada esta y celebrada la audiencia previa( los plazos, trámites y situaciones que se puedan dar le serán explicados por el/la profesional de la abogacía a quien acuda) se señalará fecha para la celebración del juicio. Si la sentencia es estimatoria para usted y la otra parte no hace uso de su derecho de recurrir en Apelación, la sentencia devengará en firme. Si la parte condenada no cumpliese la sentencia, usted deberá presentar demanda de despacho de ejecución( Su abogado le explicará en qué consiste. Sobre todo lo relativo al embargo de bienes del demandado-condenado)

El plazo para la celebración del juicio dependerá del trabajo que tenga el Juzgado. Estimatoriamente el plazo podría ser de 5 meses desde la interposición de la demanda.

2) " como justifico los imperfectos que dejó? tengo factura de la empresa que me los reparó con fecha del día después que dejó la casa, tiene él que responsabilizarse de demostrar que no había desperfectos?? o soy yo la responsable?".

Si la vivienda estaba amueblada imagino que al contrato de arrendamiento se adjuntaría como anexo un Inventario de los muebles y de su estado. De todas formas, la carga de probar que los daños en la finca no fueron causados por el arrendatario corresponde a este útimo. Arts: 1561 a 1564 del Código Civil.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
Juicio e insolvente
28/01/2007 20:00
Estimados colaboradores del foro:

Mi problema es que voy a denunciar a mi inquilino, después de dos meses de espera para que me haga el pago que nunca llega. He localizado su nueva dirección y voy a denunciar los 1700 euros que me debe.
Mis preguntas son las siguientes, que ocurriría si mi exinquilino se declara insolvente? no cobraría ese dinero nunca? o habría un control en sus ingresos hasta que me pagara?? cuanto tardaría aproximadamente en celebrarse el juicio?

Otro tema es que se negó a revisar la vivienda, dejandome las llaves en la mano y se fue de inmediato, ya que no pude retenerlo, como justifico los imperfectos que dejó? tengo factura de la empresa que me los reparó con fecha del día después que dejó la casa, tiene él que responsabilizarse de demostrar que no había desperfectos?? o soy yo la responsable?

Agradezco de antemano sus ayudas.

Un saludo.

Soledad