¿es necesario que la parte actora acuda personalmente al acto de juicio de desahuicio por impago de rentas y reclamación de cantidad dado que la prueba está acotada a probar el pago de la renta? ¿qué sentido tiene que la parte demandada pueda pedir el interrogatorio de la parte actora? en el supuesto de que lo pida, como el procurador tiene poder para contestar puede suplir su falta? Un saludo.
¿es preciso que el demandado en los tres días siguientes a recibir la citación para juicio tiene que pedir al Juzgado que cite personalmente a la parte como se indica en el art. 440 de la LEC? Un saludo.