Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

juicio delito continuado después de condena por mismos delitos

12 Comentarios
 
26/10/2020 08:16
mariuz
Buenos días, disculpa mariuz como termino la causa, han considerado delito continuado y que no estaba prescrito la el delito de falsedad de moneda?
03/05/2017 20:29
mariuz
buenas tardes

A dia de hoy a llegado la notificacion de la fiscalia la cual deniega la suspension de la pena por haber tenido en su momento el imputado en suspenso la otra y da plazo de 10 dias para ingreso en prision.Se esta pagando la multa impuesta,?se puede recurrir el ingreso en prision? ?en caso de que se pueda,que posibilidades hay de que el juez lo admita?
29/09/2016 22:16
mariuz
el juicio no llego a celebrar,el fiscal ofreció sentencia de conformidad de 2 años,pero sin suspender la pena,ya que alega que como ya están los antecedentes de los otros procedimientos no carece de antecedentes y aquí toca otra cuestión:

es cierto que están las otras penas (suspendida y multa) pero en el momento de la detención y comienzo de este proceso el acusado no cuenta con antecedentes,las dilaciones y el no acumularlo fue cosa del juzgado.

ante la negativa del fiscal a suspender la pena que probabilidad hay de que la sala deje en suspenso la condena?
02/07/2016 19:13
alguna sugerencia?
01/07/2016 00:43
(ampliacion)

ante el recurso interpuesto alegando causa juzgada y prescripción el fiscal repasa el caso y encuentra que en el registro de 2007 se encontraron 3.000€ en billetes falsos y junta el caso caso para eludir la prescripción,ya que la falsificación de moneda no esta prescrita.

ahora solicita 4 años por tenencia de moneda falsa y lo de estafa y falsificación continuada.

en el momento del registro 2007 al acusado no se le abrio diligencias por la tenencia de moneda,se han abierto ahora en 2016.

aparte de atenuantes "muy cualificadas" que otras alegaciones podrían solicitarse?

cual seria una pena "justa y realista" para aceptar ante una sentencia de conformidad?
29/01/2016 18:52
Ahora lo entiendo.

En mi opinión, es apreciable tanto la prescripción como el principio non bis in idem.

La prescripción porque los anteriores procedimientos eran por otras estafas y otras falsedades documentales. La jurisprudencia es clara al respecto: Para que sea efectiva la interrupción de la prescripción el proceso debe dirigirse por unos hechos concretos hacia un individuo o grupo concreto.

Por lo tanto, si los hechos se cometieron en 2007, pero nadie inició un proceso concretamente por esos hechos, en 2010 ya estaban prescritos.

El principio non bis in idem es de aplicación más que clara si lo que se quiere es imputar un delito de continuado. Los delitos que forman la "continuación" del delito ya fueron juzgados. Si se quiere acusar, tendrá que ser por una estafa o falsedad documental no continuada, lo contrario supondría una total vulneración de derechos fundamentales.

Y es un circulo vicioso: si se condena por una estafa o falsedad individual, ya está más que prescrito.
29/01/2016 15:10
1º muchas gracias por las repuestas b.barceló

primeramente en 2007 despues de detencion y registro domiciliario se habren diligencias 01 falsificacion 02 ursurpacion 03 estafa , en 2009 se llega a acuerdo y son condenados por estos echos 01 02 y 03.

en adelante 2011 y 2012 sale otros juicio proveniente de las mismas diligencias 01 pero de documentacion encontrada en el registro y ahora lo mismo en 2016.

hasta dia de hoy e igualmente que ocurrio en 2011 y 2012 se desconocia esos "procedimientos".

la primera vez en 2009 el abogado defensor por ese entonces comunico a los imputados que ahi finalizaba las diligencias 01 02 y 03,pero luego han salido las otras sin tener conocimiento los imputados de que esas causas saldrian o existieran.

Ahora el numero de diligencia a 2016 es la misma 01 de 2007,que claro que no se ha cerrado durante 3 años seguidos para poder prescribir pero es que durante todo este tiempo para los echos que se pretenden en llevar a juicio no se tomado declaracion ni pruebas caligraficas... sino que se "han movido" por las otras ya mencionadas.

las otras ocasiones se juzgaba los tres de delitos falsificacion estafa y ursurpacion,pero no continuados.

por cada juicio y año era un DNI diferente,pero todo proveniente de las diligencias 01/2007.

espero haber sido mas claro,si hay alguna duda mas estare encantado de aclararlo,aprovecho para volver agradecer las repuestas.
29/01/2016 11:50
Artículo 132

1. Los términos previstos en el artículo precedente se computarán desde el día en que se haya cometido la infracción punible. En los casos de delito continuado, delito permanente, así como en las infracciones que exijan habitualidad, tales términos se computarán, respectivamente, desde el día en que se realizó la última infracción, desde que se eliminó la situación ilícita o desde que cesó la conducta.

Usted me dice que los hechos se cometieron todos en 2007.

2. La prescripción se interrumpirá, quedando sin efecto el tiempo transcurrido, cuando el procedimiento se dirija contra el culpable, comenzando a correr de nuevo el término de la prescripción desde que se paralice el procedimiento o se termine sin condena.

Según jurisprudencia, esto ocurre en dos momentos:
- El primero con la interposición de denuncia o querella (aqui TS y TC discuten al respecto, pero para este caso concreto, no tiene relevancia)

- El segundo, con el auto de apertura de juicio oral.

En 2007, los delitos menos graves prescribían a los 3 años (penas igual o inferiores a 3 años).

Si las detenciones fueron en junio de 2007, entiendo interpuesta la denuncia por esas fechas. Para 2010 los delitos estaban prescritos.

Lo que pasa que sigo sin entender esta amalgama de procedimientos que comenta. ¿Eran separados y ahora a un juez se le ha encendido la bombilla y los ha calificado de continuados?¿Son diligencias que se han ido alargando?

No se ofenda, pero es que no consigo entenderlo.
29/01/2016 08:10
todo viene de las mismas diligencias,los echos son los mismos pero diferentes,falsificacion,en este caso DNI no el mismo sino otro al ya condenado anteriormente en otro juicio.

las diligencias se abren en 2007 por unos echos y en la detencion se le encuentra otros DNI falsificados que se suman a las diligencias,el juicio por los otros ya se celebro,en el transcurso de este tiempo no se habia "dicho" nada de este otro DNI,cuando se celebraron los otros juicios eran para un unico caso,la falsificacion,estafa y ursurpacion de cada uno.

¿no tenian que haberlo tipificado desde un principio como ahora con continuado?

al ser las mismas diligencias de origen,de las que han estado sacando los diferentes delitos,entiendo que no han prescrito por han echo actuaciones,¿o estoy equivocado?
29/01/2016 00:26
¿Y se supone que todo viene de unos mismos hechos que sucedieron en 2007?

Si es así, contemple seriamente alegar la prescripción del delito.

¿Cuando se refiere a condena indica que existió sentencia o son diligencias que practica el juzgado?

28/01/2016 20:32
acta de apertura de juicio oral 25 enero 2016

1º detenciones junio 2007

2º condena por estafa mayo 2009

3º condena por estafa y falsedad 2013 por unas diligencias ampliatorias que venian de 2011 las cuales salieron de las de 2007.
28/01/2016 17:08
¿De que fecha es el auto de apertura del juicio oral?

No me queda muy claro el supuesto de hecho. ¿Podria narrarlo más preciso y cronológicamente?
Juicio delito continuado después de condena por mismos delitos
28/01/2016 16:18
en 2007 se detiene a los acusados por los delitos de falseda de documento publico y privado, ursurpacion y estafa (varios).en 2009 2011 y 2012 se llegan a acuerdos y son impuestas difentes penas por los diferentes delitos, ahora 2016 el fiscal abre juicio oral por otro delito y añade de forma continuada.

los echos fueron varios pero todo sale de una unica actuacion y detencion,mismas diligencias.

se que no se puede condenar 2 veces por el mismo delito pero esta vez lo hacen por la continuidad.

¿como lo veis?

la peticionen de 2,6 años por falsedad documental y estafa, y 1,6 por usurpacion de estado civil.

todo sale de las mismas diligencias,se practico una orden de registro y se encontraron pruebas de las difentes delitos pero los han ido sacando desde 2009 a 1 cada aña o 2.

¿se podria alegar prescripcion?