Nazka, me he leído la modificación de medidas que en su día presentó el padre de mi hija y te digo que:
(1)- Sobre el hecho de que ponga: 'debe tratarse igualmente de una situación duradera, no provisional o temporal, en el sentido de que razonablemente se pueda pensar que se va a alargar en el tiempo, sin que sea necesario que se trate de una situación definitiva, sin posibilidad de modificación posterior.
Bien, es evidente que los fundamentos de derecho deben señalar en base a qué se formula la demanda y la contestación, también se deben hacer constar las formas, medios, consecuencias y demás, aplicados al caso. (vamos, analizarlo aplicando la ley)
Así que al ser una modificación de medidas, que ponga eso no está diciendo más que ésa es una parte de los posibles motivos para que se conceda una rebaja o extinción pero eso no significa que el juez opine lo mismo.
Te copio otra cosa:
''Ahora bien, cualquier cambio no producirá una modificación tal que permita que se alteren las medidas relativas a la pensión alimenticia a favor de los hijos. Los requisitos que han de cumplirse esta solicitud de modif. de medidas son las siguientes: (el punto (1), sería uno de ellos pero ahora quiero que te fijes en este):
- Cuando se alega reducción de ingresos del progenitor obligado al pago, el requisito fundamental que de forma generalizada exigen los tribunales es que esta reducción de ingresos no sea imputable al obligado al pago de alimentos, pues de lo contrario se abriría una vía de defraudación de los derechos legítimos del alimentista y del incumplimiento de las obligaciones legales.
- La reducción de ingresos y el mantenimiento del pago de la pensión alimenticia en los términos establecidos, debe ser incompatible con la atención de las propias necesidades del alimentante, en los términos previstos por el Art. 146 CC; el mínimo vital, como alude la sentencia de la AP Barcelona, Sección 18ª, 8 de marzo de 2003 y que ya se ha manifestado con anterioridad.
Recuerda además la SAP Baleares de 9 de mayo de 2004 que los cambios no pueden perder de vista que cualquier medida que afecte a un hijo menor de edad debe estar inspirada en el superior principio de bonum filii.
El bonum filii impone el que pueda discriminarse, en este caso al obligado al pago, salvo que existan circunstancias objetivas que así lo aconsejen.
Considero, tras tus manifestaciones, que lo que se debe probar es el cambio de vida como tal del padre. Es decir, si éste ya tenía una situación X (no tener ingresos) pero pagó. Ahora deberá justificar por qué EN IGUALES CIRCUNSTANCIAS no lo hace.
Creo que se debería presentar el caso desde ese punto de vista: ¿Qué ha cambiado PARA EL ahora si las circunstancias son las mismas (no tener ingresos, según él)? Y eso, a mi entender, lo debería presentar tu abogado en la reconvención de la modificación.
Para este caso deberían solicitarse datos de la S.S de entonces (fecha de la sentencia), TU ejecución de sentencia y los posteriores pagos a ver si, contrastando, datos..
No sé si te servirá de algo. Sólo es una idea, nada más.
bueno bueno bueno, la última de mi ex....
Dice que le han dicho sus abogados que tiene tan claro que va a ganar que no necesita presentarse a la vista.
En la demanda pone que es obligatorio presentarse y que quien no se presente pierde.....
No caera esa breva de que no venga.....
Nazka, según te leía pensaba la misma conclusión a la que llegas tú: esos documentos los puede presentar cualquiera en las circunstancias que tú has señalado: no llegar al mínimo para declaración e informe de no recibir prestación alguna.
Mira, como mañana es sábado y está todo el fin de semana por delante, lo leeré con atención y te comento.
Hombre presentar vida laborar es de personas un poco mas inteligentes, este ha tenido la "gran agudeza mental" de presentar en la demanda 3 documentos de hacienda de 2007 2008 y 2009 en los que pone que no ha presentado declaración de la renta, y un certificado del antiguo inem en el que pone que a fecha de noviembre del año pasado no recibía ninguna prestación económica...
sobra decir que esos documentos los puede presentar cualquier persona que esté trabajando y que no llegue al mínimo para que esté obligado a hacer la declaración de la renta. y lo de las prestaciones del imen otro tanto yo tambien puedo ir y que me hagan un papelito como que no recibo ninguna prestación y evidentemente no recibo ninguna porque estoy trabajando.....
gracias por el ofrecimiento netsirena2, pues te agradezco que investigues eso que me dices, me voy a abrir un doc de word y me voy a ir anotando todas estas cositas para comentarselas a mi abogado.
Nazka, en la demanda que me ha llegado a mi tambien pone que cuando se firmo el acuerdo el no trabajaba y es MENTIRA.
Estaba en paro y en el juicio de divorcio hay una frase que recuerdo perfectamente que le preguntó el ministerio fiscal...y como pieda usted pagar 500 € de pension si no tiene trabajo? a la que el contestó... lo buscare de donde sea, tengo familia y veo que es de "justicia" que así sea.
Mi abogada se ha reido al ver su demanda, presenta una vida laboral en la que dice que ahora no trabaja y dice que cuando se firmó el mutuo acuerdo si, hay que ser un poco .... cuando mirando en la misma vida laboral la fecha del mutuo acuerdo pone que estaba en paro.
No ha presentado él vida laboral al pedir la modificación, nazka??
Vamos a ver, Nazka; esto es sencillo: NADIE VIVE DEL AIRE.
Sea porque tienen una pareja, sea por trabajo en B, sea por ayudas sociales, sea por ayudas familiares o sea por ahorros.. nadie, nadie, nadie vive del aire.
En Somalia, que yo sepa, se mueren por no comer y eso aquí no pasa. ¿Por algo será, no?
Sé que sobra decírtelo. Lo que quiero decir con esto es que pretender que te supriman de pleno una pensión alimenticia lo considero tan difícil como pedir Audiencia Papal.
Entiendo las disminuciones e, incluso, puedo entender una supresión temporal de.. X meses pero.. ¿para siempre? Yo no lo veo posible, que no digo que no sea así porque no me conozco tooooooodas las sentencias españolas.
Ahora bien, ¿el dato del contrato de trabajo? Oño, fácil, coméntaselo a tu abogado y que lo ponga en la demanda, así de sencillo o a ver si se puede intentar que la fiscalía lo solicite.
Yo te digo que en tribunal de apelación el padre de mi hija ocultó datos de ese tipo y se le calló el pelo. Si quieres, mañana en un hueco, me lo leo para ver cómo se planteó. ¿Te parece? Porque ahora mismo me acuerdo de detalles y no quiero darte datos erróneos pero que ocultó información, sí.
el trozo que su abogado pide suprimir la sentencia "SUPLICO AL JUZGADO(..... un trozo de parafernalia legal) dicte sentencia por la cual se proceda a suprimir la cantidas que, en concepto de mensualidades por alimentos a favor del hijo menor, mi mandante quedó obligado a abonar en virtud de la sentencia de fecha 14 de abril de 2004, por el siguiente motivo:
-Por que en la actualidad el Sr xxxxxxx se encuentra en situación legal de desempleo, lo que se ha traducido en una disminución drástica y absoluta de su renta que no le permite ni tan siquiera atender a sus necesidades básicas, subsistiendo en la actualidad única y exclusivamente por la ayuda de su familia."
Eso último es mentira, ya que vive en el piso de vpo que compró el el cual no tiene hipoteca gracias a sus padres y además vive con su novia que tiene trabajo fijo.
Encima es abogada, seguro que no tiene hijos esa señora fijo.
Echando un vistazo mas pone que cuando se fijo la pensión de mutuo acuerdo que él trabajaba, y eso es mentira(yo lo sabría por que en aquel momento nos llevabamos bien), supongo que se podrá pedir que presente el contrato de trabajo de aquel entonces (todo el mundo los guarda, no?).
Sí pero.. en ese caso, según su forma de pensar (al menos lo que deduzco de lo que cuentas..).. el que perdería terreno sería él, no tú. ¿no crees?
De todas formas, vaya expresión hablando de un hijo. Ni que se hablara de huertos.
Y si tiene antecedentes personales.. por algo será. Ahí lo dejo.
Sobre el trozo de la demanda.., hija, sin comentarios pero.. te digo lo que se ha dicho: adivino no es nadie (ni rappel) y por tanto nadie puede dar por sentado de esa manera que la situación vaya a ser permanente y, en todo caso, eso lo debe decidir un juez. Yo, visto lo visto, no negociaría.
En cualquier caso, Nazka, es eso.. un trozo de DEMANDA, es decir escrito por SU abogado/a. ¿Qué te esperabas? Yo más de una vez he dicho que una cosa es ser abogado y necesitar tener clientes para cobrar y vivir puesto que ése es el trabajo de los abogados pero tb considero que la catadura moral de más de un letrado es.. o inexistente o se la dejan en casa cuando salen de ella.
Pues ni mas ni menos quiere decir que al no ser que yo renuncie a la custodia de mi hijo un tribunal jamás le va a dar a él la custodia, vistos sus antecedentes personales.
aqui pego el trozo de la demanda donde dice que mi ex es adivino "todo parece apuntar a que esa disminución sustancial en las percepciones económicas vaya a tener continuidad, y que es también un requisito ineludible para que se pueda calificar una variación de circunstancias como "sustancial" a los efectos de modificación de la pensión por alimentos. En definitiva, la situación del Sr. Martinez es nueva y permanente"
estamos en el mismo barco LuzM
Pues ya ves netsirena2, es lo que hay, encima cuando ayer le propuse llegar a acuerdo a mi ex va y me dice que con su hijo no se negocia (recuerdo que el convenio regulador de custodia fue de mutuo acuerdo propuesto por su parte) le dije que se lo comentara a su abogado para ir adelantando terreno y me dijo que ganaría yo terreno si yo renunciara a mi hijo.......
Vamos porque no lo tenía delante, si no me lo como.....
Jod**, qué fuerte. ¿Qué pasa que ahora no intentan ni ocultarlo? Desfachatez supina que lo llamo yo.
Nazka, la extinción absoluta no creo que la concedan. Es obligación de ambos progenitores mantener a la prole. Si uno de los dos está en peores circunstancias, eso es lo que debe valorarse y aportar en función de sus posibilidades pero.. ¿extinguirla?
Por cierto, aquí en el foro más de una vez se ha leído que otro que tal baila también la pidió, ¿acaso tb era adivino en cuanto a su futuro? Lo digo porque como ahora se dice que no parece lógico saber él que no tendrá ingresos futuros..
Pero, bueno, que un poco de todo se aprende cada día y a mí me parece que una forma que puede tener tu propio abogado de plantearlo es justamente diciendo que cómo puede él saber sus futuras condiciones socioeconómicas.
Creo que eso daría que pensar al tribunal y lo que da que pensar.. no mola, no.
La creo nazka, a mi me llego en Abril una demanda de modificacion de medidas y pedia la extincion del hijo mayor y pagar solo 100 € de los 250 que tiene que pasar por el pequeño. Según pone en la demanda, se prevee que será permanente.
Desde Enero de este año tan solo ingresa los 100 € y tengo fecha de juicio el 21 de Noviembre.
He de decir que cuando se fijó el convenio de mutuo acuerdo el estaba en paro y cobraba exactamente lo mismo que ahora y sabemos que trabaja en B, el no lo niega y dice que ante un juez dirá que solo fueron trabajos esporadicos, no puedo demostrarlo ya que no puedo pagar una investigacion.
Pues juro que eso pone en la demanda(o eso he entendido yo) cuando tenga un poco mas de tiempo la escaneo y pongo ese trozo en el foro.
A mi tampoco me parece lógico que sea adivino, ahi es una manera de enmascarar el "no tengo trabajo porque no me da la gana buscarlo y mientras me den unos euros en negro haciendo trabajillos voy a seguir tirando así"