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juicio de menores!

9 Comentarios
 
Juicio de menores!
20/02/2007 12:28
Hola a todos, tengo mi primer caso de oficio de responsabilidad penal de menores y me surge una duda. Ya se ha celebrado el juicio y han condenado a mi cliente (de 15 años) a reclusión de 4 fines de semana en centro, como no hemos recurrido y la sentencia es firme, me han comunicado un Auto con un nº de expediente nuevo de Ejecución Penal, en el que se establece que la entidad publica de reforma ha emitido al juzgado el programa para la ejecución de la medida acordada en sentencia y que por tanto se aprueba el mismo y se procede a liquidar la medida para que cumpla del 9 de febrero al 4 de marzo.
Hasta ahí bien, pero es que a mi como abogada de oficio me han comunidado esto el jueves 15 de febrero (cuando se supone que ya habia empezado a cumplir) y no se que es lo que debo hacer a continuación, ya que no consigo ponerme en contacto con el menor ni con sus padres y no se que ha pasado.... ¿¿cual es el procedimiento a seguir cuando te comunican la liquidación de la medida, que debo hacer ahora, llamar al centro o que ?????
Muchas gracias.
20/02/2007 14:41
De entrada y para que no te busquen las cosquillas, que en esta profesion se ve de todo, presenta mañana de urgencia y a primera hora un escrito ante el juzgado haciendo constar la fecha en la que se te ha notificado esta resolucion y que por tanto solo a partir de tal fecha has tenido conocimiento de los dias en que tu mandante tenia que cumplir con la pena.

Que es a partir de esa fecha cuando le comunicaras a tu mandante su cumplimiento.

El hecho que el menor cumpla voluntariamente la pena o no ya no es responsabilidad tuya. Pero es importante que presentes este escrito, por si las moscas.
20/02/2007 14:42
No porque el juzgado te vaya a buscar las cosquillas, lo digo por si tu mandante alega que no ha cumplido porque su abogado nada le comunico, que aqui el que no corre, es porque vuela, y el que no, las mata callando.

Por tanto, presenta el escrito e intenta ponerte en contacto con el menor y si no puedes, pues mira, el vera.
20/02/2007 17:39
Muchas gracias,
Supongo que por lo que dices no tengo que hacer nada mas que avisar a mi cliente, no es así ? De todas formas supongo que les habran notificado este mismo auto a ellos ya que el resto de notificaciones importantes (como la citación a juicio y la sentencia) les ha llegado a ellos antes que a mi...
Gracias de nuevo.
20/02/2007 18:35
En penal -q yo sepa- las comunicaciones se hacen personalmente a las partes. Saludos¡
21/02/2007 00:41
Como ha dicho ac37 este tipo de resoluciones se le va a notificar personalmente a los padres de tu cliente, ya que es menor, por lo que no hay problema.
07/03/2007 19:23
...aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid...
Quería haceros una pregunta de índole práctica.
Señalado día para la vista (juicio de menores) en caso de conformidad del menor, ¿verdaderamente redunda este hecho en beneficio del menor o es una mera formalidad para abreviar y aligerar trabajo en el juzgado?.
Me refiero a si a la hora de aplicarle la medida al menor, ¿se nota cierta rebaja o reducción...o en realidad no hay anda de eso?.
Gracias.
07/03/2007 19:37
Si se conforma, se le rebaja la pena; habla con el Fiscal.

Ello siempre que informen favorablemente los educadores o instituciones que le han estado haciendo el seguimiento.
08/03/2007 00:46
De acuerdo con Anafer! Un beso, compañeraaa!
08/03/2007 09:35
Muchas gracias a las dos por confirmarme algo que sabía pero que nunca había visto.
Es decir, por ley sé que es así pero a la hora de dictar el fallo no veo rebaja por ningún lado...como me comentais tendrá su explicación en los informes poco favorables del equipo técnico...