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Juicio de faltas

9 Comentarios
 
26/03/2013 13:17
Hola, he recibido la sentencia. Multa de 10 dias con cuota de 8€ y al pago de las costas.

Significa que debo pagar costas de juicio también? No hubo abogados. Cuánto mas debo pagar?

Me dijeron que no podría pagarlo haciendo trabajos a la comunidad ni nada parecido. Estoy en paro. Hay que pagarlo si o si?

Gracias
28/01/2013 13:59
Un escrito así es bien sencillo. En Internet hay un millar de formularios.
28/01/2013 12:33
acabo de flipar, mirando el DNI del denunciante en interent veo que es policia nacional sacado en el 2007. Menudo caradura y menudo lio en el que me he metido
28/01/2013 01:25
Gracias nuevamente por seguir aclarandome un poco mas las cosas. Esto ocurrió en noviembre. El móvil no era gran cosa pero me salía rentable el precio. Intentare mañana hacer el escrito. Algún sitio donde pueda ver algún modelo o algo? No se como debo dirigirme al juez ni como empezar... Pediré ayuda a Victor ya q se ha ofrecido a ver si me orienta un poco. Saludos
28/01/2013 00:30
El aro 970 de la ley de enjuiciamiento criminal dice que si el denunciado reside fuera de la demarcación judicial, no tiene obligación de concurrir al acto del juicio, y podrá dirigir escrito al juez alegando lo que estime pertinente en su defensa.

Por cierto, hace cuanto tiempo sucedieron los hechos?


maicavasco@yahoo.com
25/01/2013 22:33
Primero de todo, las ventas por internet tienen estos riesgos ( ya debía ser bueno el móvil para tantas molestias).
Bien, sentado lo anterior debes tener en cuenta lo siguiente:
1.- Si el denunciante conserva en su móvil los mensajes que le enviaste, te van a condenar sí o sí, con lo cual tanto da que te presentes en el juicio como que no .

2. La multa que te pueden poner estará en torno a los 100/120 €. Si vives fuera del partido judicial donde se va a celebrar el juicio ( todo parece indicar que sí ) mandas un escrito dirigido al juzgado ( pones la fecha, tu dni, número de juicio etc, y lo mandas por correo certificado ) donde das tu versión de los hechos y las alegaciones que quieras ( lo que has puesto en este foro, un poco más pulido, te valdría ya ).

3.- Si te tomas la molestia de ir a juicio, puede ser que el denunciante ni se presente. Saldrás absuelto, pero los gastos de ese viaje nadie te los devolverá.

25/01/2013 20:21
Artículo 501.
1. La pena de multa consistirá en la imposición al condenado de una sanción pecuniaria.
2. La pena de multa se impondrá, salvo que la Ley disponga otra cosa, por el sistema de días-multa.
3. Su extensión mínima será de 10 días y la máxima de dos años.
4. La cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros. A efectos de cómputo, cuando se fije la duración por meses o por años, se entenderá que los meses son de 30 días y los años de 360.
5. Los Jueces o Tribunales determinarán motivadamente la extensión de la pena dentro de los límites establecidos para cada delito y según las reglas del Capítulo II de este Título. Igualmente, fijarán en la sentencia, el importe de estas cuotas, teniendo en cuenta para ello exclusivamente la situación económica del reo, deducida de su patrimonio, ingresos, obligaciones y cargas familiares y demás circunstancias personales del mismo.
6. El tribunal, por causa justificada, podrá autorizar el pago de la multa dentro de un plazo que no exceda de dos años desde la firmeza de la sentencia, bien de una vez o en los plazos que se determinen.
Si necesita ayuda con el escrito, le puedo ayudar. Mi mail es Victor_Penal@indiciodigital.es
Un saludo.
25/01/2013 18:04
gracias por la respuesta, queria saber si hay alguna manera de poder evitarme el viaje otra vez, por eso lo del escrito. Los de los juzgados me dijeron que no me hacían el exhorto a los juzgados de mi provincia, que tenía que presentarme si o si. Pero en la denuncia pone lo del escrito. La sanción supongo que sería económica, de cuánto estamos hablando?
25/01/2013 16:25
Por partes:

1.- Pena:
Artículo 620.

Serán castigados con la pena de multa de diez a veinte días:
Los que de modo leve amenacen a otro con armas u otros instrumentos peligrosos, o los saquen en riña, como no sea en justa defensa, salvo que el hecho sea constitutivo de delito.
Los que causen a otro una amenaza, coacción, injuria o vejación injusta de carácter leve, salvo que el hecho sea constitutivo de delito.
Los hechos descritos en los dos números anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.

2.- No creo que se pueda denunciar la actitud del vendedor.

3.- Si se trata de un juicio de faltas, con que únicamente asista al juicio bastará. No hará falta ningún escrito.

En su caso, debería aportar los SMS que le mandó el vendedor ("si quieres da la vuelta y dimelo a la cara" "q vas de listo y no sabes con quien hablas", yo le conteste que si volvía a me salia gratis el tfno. Y el " no te preocupes que nos veremos").
Atentamente,
www.indiciodigital.es
Juicio de faltas
25/01/2013 12:22
Hola, he recibido una denuncia por amenazas (todos los supuestos no condicionales) esto no se que significa
Os cuento lo que me ocurrió. Hace unos meses quedé a través de correo eléctronico con una persona para que me vendiese un teléfono móvil para hacer un regalo. Quedamos a una hora pero le envié un SMS acordando media hora mas tarde ya que tuve que desplazarme 140 km porque es en otra provincia distinta a la mía y no me daba tiempo, me contesto Ok. Cuando aparezco en el punto de encuentro no hay rastro de la persona, espero unos 15 min y comienzo a llamarle, sobre 6 veces, de las cuales me rechaza la llamada y después apaga el teléfono directamente. En caliente le mando un SMS diciendo que era un puta mierda y que como lo encontrase lo reventaba (me habia metido el viaje para nada con el consiguiente gasto en gasoil y quizás me excedí, pero estaba rebotado). Recibo los siguientes SMS por su parte: "si quieres da la vuelta y dimelo a la cara" "q vas de listo y no sabes con quien hablas", yo le conteste que si volvía a me salia gratis el tfno. Y el " no te preocupes que nos veremos". Pues resulta que me tengo que presentar a un juicio el mes que viene y volver a desplazarme con el consiguiente gasto de gasoil de nuevo. Que condena puedo tener? No puedo acusarle a él por venta falsa o algo así? Tengo que enviar un escrito al juzgado antes pero no se como hacerlo, si alguien me puede echar una mano se lo agradecería. Un saludo