Cuando hablas de acusado sin duda te refieres al denunciado. En juicio de faltas no existen acusados.
Si se puede celebrar juicio de faltas sin el denunciado, siempre y cuando haya sido citado en forma. Si el abogado esta apoderado puede actuar, pero como abogado. Esto no significa que asuma la posición del denunciado a la hora de las preguntas que pudieran hacerle.
Gracias. Efectivamente es un denunciado. Entonces hay que hacer algún documento previo en el juzgado para informar de que el denunciado no asistirá y que irá abogado en su nombre? Lo digo porque en la citación para el juicio pone que si el denunciado no comparece se le puede multar.