He sido citada para un juicio de faltas, en calidad de denunciante, por agresión.
He ido hoy al juzgado donde tengo el juicio la semana que viene para ver el expediente y en el informe del médico forense consta:
CONTUSIONES
EQUIMOSIS EN AMBOS BRAZOS
Tiempo total de duracion de las lesiones 21 dias
Incapacidad en el trabajo 1 dia
Sería conveniente presentarme con abogado?
En caso de salilr la resolución a mi favor... cual sería la pena para el ... Cárcel? Indemnización? Multa?
En principio el Fiscal ejercerá la acusación.
Puedes ir asistido de Letrado, pero al no ser preceptivo los honorarios del juicio no se podrán repercutir en las costas.
Lo único que tienes es que asegurarte, si no vas con Letrado, es de contestar al Juez cuando te pregunte si deseas reclamar, debes decir que si, lo que corresponda.
Ampliando la anterior respuesta, le diré que a la otra parte se le podría imponer una multa (y no cárcel) ya que se trata de un Juicio de Faltas. Pero disiento del parecer de Pco, ya que sí se pueden imponer las costas al vencido. A mí me ha ocurrido en un par de ocasiones en los últimos días.
Es cierto que en los Juicios de Faltas, por imperio de la LECrim, las costas se imponen al condenado pero, al ser juicio de faltas y por ello, no siendo obligatoria la asitencia letrada ni la representación, los honorarios de dichos profesionales no se podrán repercutir en las costas.
Solo he visto una excepción, y en apenas dos sentencias y es el caso que la parte favorecida resida en localidad distinta a donde se celebra el Juicio por lo que, aplicando de forma subsidiaria la LEC, se puede repercutir los honorarios de uno de ellos, el mas "barato" pero, insisto, no es la practica habitual, al menos en lo que yo conozco.
Hola! Soy yo de nuevo, muchas gracias por todo.
Alf inal he ido hoy al juicio, sin abogado, yo solita y con la verdad por delante.
El se ha presentado con un testido y con abogado, pero se notaba demasiado que mentía.
La fiscal ha valorado que el culpable de mis lesiones era el y le ha condenado a pagarme una indemización... aunque si os digo la verdad, no me ha quedado muy clara la cuantía. Los nervios :S
Ahora os pregunto... cuanto tarda el llegarme la indemnización y de que forma me llegará?
Muchas gracias por todo, de verdad, durante todo el proceso me habéis ayudado mucho todos.
Besos
En primer lugar, felicidades. En cuanto a lo que preguntas, ahora debes esperar ya que primero os han de notificar la sentencia, porque imagino que no os la habrán comunicado "in voce" (es decir, de forma verbal en ese mismo instante). Tras esto hay 5 días hábiles para poder recurrir en Apelación ante la Audiencia Provincial. Al recurso le sigue lo que se llama Escrito de Impugnación o de Adhesión (es decir, que no estás de acuerdo con el recurso o que sí lo estás) que tiene un plazo de 10 días hábiles para ser presentado ante el Juzgado que dictó la Sentencia. Recurso y Escrito se trasladan a la Audiencia y un Magistrado decide si hay nueva vista o decide directamente. Para el Recurso y para el escrito es imprescindible la intervención de un abogado. Cuando la Sentencia sea firme (tras la decisión de la Audiencia) podrás cobrar.
Ya sé que es un poco farragoso. Pero así son las cosas.
Muchas gracias de nuevo.
Te explico lo que pasó.
La fiscal dijo culpable por la agresión a fulanito de tal, con la multa de pagar tantos euros por día (los que me había reconocido el Médico Forense)...
La jueza dijo listo para sentencia.
Y el abogado del que puse la denuncia dijo que reclamaba que no se le impusiera multa a su cliente, por x causas que no venían al caso.
(La jueza no le hizo mucho caso)
La jueza de nuevo dijo listo para sentencia.
Firmé un papel.
Y me fui.
No sé si esto es, como tu dices, comunicado "in voce", o si ahora hay que seguir todo lo que tu dices... pero por lo que comentas, queda bastante tiempo aún por delante.
Bueno, al menos se ha hecho justicia, que es lo que yo buscaba, lo de la indemnización es un extra más, que nunca viene mal, y más sabiendo lo mal que me lo ha hecho y me lo está haciendo pasar el tio ese, aún a día de hoy (el miedo no se quita con dinero)
La expresión "visto para sentencia" quiere decir que aún no se ha tomado la decisión (es decir, el fallo). A partir del momento en que recibas la Sentencia se iniciarán los plazos y trámites que ya te comenté.