Tengo a mi modo de ver un problema, aunque para los expertos pueda llegar a ser una tonteria, pero para mi, al no entender sobre estos temas, representa un problemón y creo necesitar ayuda. Les explico:
Tengo un hijo de 18 años recien cumplidos. Una madrugada, poco antes de cumplir los 18, mi hijo salio con los amigos. En la puerta de una discoteca fueron requeridos por la guardia urbana, entregaron sus DNI y les dijeron que les iban a sancionar por no respetar el descanso de los vecinos. Mi hijo (supongo que por la inocencia de esa edad o por la gilipollez) les contesto que más les valia dedicarse a los verdaderos delincuentes, que él mismo había sido atracado 5 veces (cierto) y la policia no estaba presente para garantizar su seguridad. La respuesta del Guardia fue que se callara y se callo, pero otro de sus amigos respondio con lo mismo, a lo que el Guardia respondio con una amenaza con el puño alzado. Y ahi fue cuando se complico todo...... Otro de los amigos, al pensar que iban a pegar a su colega, agarro el brazo del Guardia y estos lo redujeron empujandole y acorralandole contra la pared. Acto seguido mi hijo les exigio que mostraran sus placas, a lo que los guardias respondieron con un abre y cierra rapido de la cremallera de sus cazadoras.
Ahi parecio acabar todo, mi hijo llego con la multa por no respetar el descanso de los vecinos y yo la pague en el plazo establecido.
No habia acabado, ayer recibio una citación judicial para que acuda a un juicio de faltas por DESCONSIDERACION A LA AUTORIDAD. Sus amigos, hasta la fecha, no han recibido nada.
Yo tengo las siguientes dudas:
Tendra que acudir con un abogado??
Le corresponderia uno de oficio? tengo entendido que el abogado de oficio te corresponde según tus ingresos, pero.... al ser menor de edad en aquel momento y mayor de edad en este momento. Que ingresos contarían los suyos (ninguno) o los mios?
Cual es la sanción que puede caerle?
Habra que pagar las costas del juicio?
Que probabilidades creen que tiene, ser sancionado o no? En principio yo creo que es la palabra de unos contra la palabra de los otros, y tambien que la libertad de expresión existe, pero bueno..... tampoco se el grado de chuleria con la que mi hijo se expreso.
Quedan este tipo de sanciones en el expediente de antecedentes penales?
No es extraño que sus amigos no hayan sido citados? en definitiva a mi modo de ver, el no recibio la amenaza ni cogio al guardia del brazo, fueron sus amigos.
Pueden cargarle el "muerto" de los otros?
En fin, les agradeceria muchisimo su contestación, como ven.... y creo que es licito, soy una madre preocupada, a lo mejor.... en demasia.
Si era menor de edad en el momento de los hechos se aplica la ley del menor.
No dice si se le cita en calidad de testigo o imputado ni qué juzgado es el que le cita. Si se le cita como imputado ante un juzgado de instrucción (mayores de edad), acuda usted al juzgado antes del juicio llevando la citación y explique que su hijo era menor de edad en el momento de los hechos. Si se le cita ante un juzgado de instrucción como testigo, no hay problema alguno, eso querría decir que los denunciados fueron los amigos. Si se le cita ante un juzgado de menores, acuda usted con el chico el día y hora fijados, acompañada si es posible con los testigos que refrenden la versión de su hijo.
La presencia de abogado no es preceptiva en los juicios de faltas, de solicitar justicia gratuita, podría ser denegada por esa razón, salvo mejor parecer de foristas más duchos en estas cuestiones.
La sanción, en su caso, sería de una simple multa poco elevada, que sería sustituida por privación de libertad en caso de impago, a razón de un día de pérdida de libertad por cada dos días-multa impagados.
Nadie sin conocer lo actuado, e incluso conociéndolo, podrá decirle aquí qué posibilidades existen de que sea condenado, en principio hay tantas de que sí como de que no.
A día de hoy no se inscriben antecedentes penales por faltas, la norma dice que sí, pero no se hace por que los sistemas informáticos necesarias no han sido implantados aún. En cualquier caso los antecedentes penales de los menores de edad desaparecen con la mayoría de edad, al estar su hijo en la frontera, no se anotarían en cualquier caso.
Para contestar a la útima cuestión habría que ver la denuncia policial, lo demás son conjeturas.
Sí que se preocupa demasiado, esto es una cuestión de menor importancia que en el peor de los casos se solventa con multa.
Como enseñanza su hijo puede extraer que no es aconsejable buscar las vueltas a los policías, hay de todo, pero la mayoría no reaccionan a las provocaciones de forma agradable .
Se le cita en calidad de denunciado y el juzgado es el de instrucción n.7 de Barcelona.
Entiendo pues, por su respuesta que ese juzgado no corresponde a menores de edad, por lo que deberiamos acudir a dicho juzgado y explicarles que era menor de edad en el momento de los hechos?
Que significaria? solo un cambio de juzgado o algo más a su favor?
A modo de consejo, aunque soy consciente de que quizas sea una opinión muy personal.... Acudiria usted con abogado en el caso de que fuera su hijo?
Para conocer la denuncia policial, que habría que hacer? Puedo pedir una copia?
Y una cosa más..... muchas gracias por su consejo a modo se enseñanza, es exactamente el que le di yo misma.
Si fuese en calidad de imputado, solo hay que informar en el juzgado que el día de los hechos el chico era menor de edad, en tal caso se remitirá todo a fiscalía de menores que será quien le cite a declarar, en estos casos la sanción no es económica, solo se le impondría, si resultase juzgado y condenado, una medida, seguramente de libertad vigilada sin ninguna consecuencia más.
Ah, se me olvidaba, si le llamasen a declarar a fiscalía de menores tendrá que ir con abogado, si no lleva uno propio se le nombrará de oficio, que se deberá pagar si no se concede la justicia gratuíta. Tal y como cuenta las cosas parece que no es nada grave, tal vez se archive.