por cierto si la causa que alega la empresa es un robo, lo normal es que la empresa aparte de despedir al trabajador ponga la correspondiente denuncia y si el trabajador pone demanda porque no esta de acuerdo con el motivo del robo, el juez de lo social no dictara sentencia hasta que se resuelva por lo penal el asunto del robo.
Lo bueno es que da por hecho que RRLL es relaciones laborales, cuando pueden ser muchas cosas mas y, tomando eso como base, empieza un ataque histerico y sin sentido.
En fin, que algunas personas llevan muy mal que le lleven la contraria y pierden las formas, aunque puedan tener razon en lo juridico.
Soraya, siento que tu tema se haya desviado un poco porque yo estaba interesada en las respuestas de los que saben, porque creo que de eso se trata en los foros que los que tienen mas conocimientos ayuden a los que no los tienen, no de dar lecciones a nadie porque sino no sé que hacen aqui ¿tanto tiempo libre? Que se dé por aludida quien quiera....
graicas a todos, no entiendo mucho de esto pero creo que ninfa no se ha comportado muy correctamente con RRLL .
Caso a parte , ayer llame a la oficina y me van a enviar el finiquito por correo , no me dijeron nada de nada, ni de juicios ni de nada, solo me preguntaron que si se me podia enviar el finiquito por correo y yo devolverlo y les dije que si.
Una pregunta porque no estoy segura despues de que pasen 15 dias , (en caso de que me habrian visto robando ), me han dicho como que pasado ese tiempo ya no me podrian denunciar o reclamar nada, en los 15 dias habiles despues de trabajar te pueden denunciar o en el momento en el que lo haces .
Que bien, me alegra comprobar que todo continua igual despues de tanto tiempo.
Bueno, al tema: una reclamacion de cantidad donde la causa de pedir es el hurto o robo???? Y por la via laboral????
Pues nada, en primer lugar a cargarnos la pesuncion de inocencia prevista en la C.E. (Constitucion Española) para el derecho Penal, y en segundo a constituir competentes al orden social para conocer de cualquier asunto, competencia que viene en los primeritos articulos de la LPL (esta no me la se). Estos no resolveran hasta que se solucione la via penal. Y en este caso ni resolveran.
Mira, Soraya, podran dar entrada a la demanda, pero cuando se vea la chicha y tu abogado se vea el percal, nada de nada en laboral.
aunque no lo tienes muy bien si la empresa se encabrona, pero no por la via social.
soraya, ahora ya no hagas ni caso de lo que te diga tu jefe, si te quiere denunciar lo tendra que hacer por la via penal, cosa que si no lo ha hecho ya, dudo que vaya a hacerlo.
Ninfa, ha sido penoso tu comportamiento con RRLL, y asi no se ayuda a un compañero. CON TUS COMPORTAMIENTOS DEMUESTRAS LA CLASE DE PERSONA QUE ERES.
Excelente maestro es aquel que enseñando poco, hace hacer al alumno un gran deseo de aprender.
(Arturo Graf)
MI querida/o Relaciones laborales, sigo pensando que el nivel es muy, pero que muy bajo en RR.LL. para manener semejante dislate y que hay que ser un/una mierdecilla de los de mantenella y no enmendalla para sin dar al menos una incoherente respuesta a mis preguntas de que y quien impide poner una demanda de cantidades contra un trabajdor, tengas la osadia que solo la ignorancia da, de exigir sentencias.
Me lo estuve pensando y por pura "caridad cristiana" (mi formación es judeo-cirstiana) que dice aquello de enseñar al que no sabe, ahí te va un ramillete del T.S.J. de Cataluña donde el demandado en cantiodades es un trabajador:
Donde yo me gano los garbanzos, tenemos de manera habitual pleitos de cantidades contra trabajadores que interpone su empresa.
Y ahora, espero que satisfecha tu curiosa ignorancia, seas capaz de explicar o al menos rebuznar que y quien impide poner una demada de cantidades contra un trabajador.
Saludos
P.S: T.S.J quiere decir Tribunal Superior de Justicia. Te lo aclaro ya que con el nivel que demuestras dudo mucho que sepas a que se refiere.
el asunto esta en que cuando se hacia el descuadre si faltaba dinero seria la cantidad que se seria , el trabajador tenia que ponerlo de su bolsillo, y mi compañera se cogia dinero pero en cantidades bestiales llegando a sacarse otro sueldo todos los meses , yo cogia dinero 20 euros o cosas asi a la semana cantidades pequeñas que en comparacion era lo que yo tenia que poner muchas veces (dabas mal las vueltas con las prisas y le dabas d emal o facturabas dos veces las mismas cosas sin darte cuenta)
¡Que interesante.! A ver RR.LL. ¿Por que no puede la empresa demandar a un trabajdor por cantidades.? ¿que o quien lo impide.?
¡Hay que subir ese nivel en Relaciones Laborales.! si no, mas vale que se quede la cosa en Relaciones Prematrimoniales, en las que no se aprende derecho laboral, pero en las que se pasa "pipa."