Lo bueno es que da por hecho que RRLL es relaciones laborales, cuando pueden ser muchas cosas mas y, tomando eso como base, empieza un ataque histerico y sin sentido.
En fin, que algunas personas llevan muy mal que le lleven la contraria y pierden las formas, aunque puedan tener razon en lo juridico.
por cierto si la causa que alega la empresa es un robo, lo normal es que la empresa aparte de despedir al trabajador ponga la correspondiente denuncia y si el trabajador pone demanda porque no esta de acuerdo con el motivo del robo, el juez de lo social no dictara sentencia hasta que se resuelva por lo penal el asunto del robo.
Por cierto Aiwa, que puede ser en un foro de rcho laboral RR.LL. ¿ Reales.? Ilustrame cariño.
Veras como la RR.LL. (relaciones laborales) a partir de hoy estudia con mas ahinco y antes de decir alguna majaderia cuenta hasta por lo menos veinticinco.
Yo tambien estoy en el trabajo y en la pausa para comer algo, encuentro este debate tan "polémico"; la postura de Ninfa me parece intachable juridicamente, aunque sea improbable que la empresa la lleve adelante. Lo normal es que una ver terminada la relación laboral se diga "enemigo que huye, puente de plata".. a no ser que la cantidad sea elevada y se pueda probar facilmente.
En cuanto a Ninfa, sin que le haga falta pues se que se ve que se arregla perfectamente, le mando mi apoyo, me parece acertada en sus opiniones juridícas, se ve que tiene experiencia en el mundo de lo social, sus intervenciones son muy frecuentes y es cierto que tiene un carácter un poco fuerte, pero la verdad es que al menos yo estoy un poco cansada de lo politicamente correcto y es bueno decir las cosas claras.
saludos a todos
no me extraña que te apodes la que duda.. porque si lo que dice NInfa te parece intachable juridicamente es que no has terminado ni los estudios de ahi tu peloteo ramplante o es que eres Ninfa con otro apodo.Te ocurre lo mismo que a Ninfa que presume de lo que no es de lo contrario no habria entrado en polemica . Como dice empresario continuad preparandoos porque falta os hace.En esta profesión hay que ser humilde ante todo porque de todos se aprende y todos los días .Mal abogado o aprendiz es el soberbio.Ah y si estas cansada te recomiendo que tomes ceregumil porque para decir las cosas claras no hace falta ser un maleducad@ ni hacer la pelota a eso se le llama seguir al rebaño también.
A ver, a la que recomienda comer alfalfa por ahí (que seguro sabe muy bien donde encontrarla pues será en lo que se gasta sus muchos , pero a saber de que dudosa manera ,euritos ganados) y se cree lo suficientemente superior para ir llamando mierdecilla a la gente, medio del que supongo estará muy bien rodeada, le diré que ya que tiene tanto interés en saberlo, RRLL significa efectivamente Relaciones Laborales.
Como yo me eduqué en la escuela de la humildad antes que en la de RRLL,reconozco que mi intervención no fue acertada, claro que hay que tener en cuenta los conceptos de "salvo mejor opinion" o "creo", los cuales nos permitimos poner las personas que , teniendo claro que sus conocimientos laborales son lo suficientemente amplios para ganarse la vida con ellos(sin alardear de euritosy de dudosos despachos), sin embargo, tambien reconocen que puedan no tener la respuesta correcta en algun momento, no como las que por su apodo finalmente se llegan a creer que son algun tipo de deidad superior a todo humano que transita por este foro.
Pues mi querida (amiga iba a decir, que tontería! seguro que no sabes el significado de esa palabra por carencia de ella en tu vida)mi querida, mi querida...en fin , ni siquiera encuentro adjetivo para calificarte; decirte que no dudo de tus conocimientos jurídicos ya que has sido capaz de explicarnos lo que significa TSJ , aunque alguna deidad cercana a ti me libre de seguir tus consejos alguna vez, ya que , aunque fuesen jurídicamente correctos seguro que están envenenados de alguna manera ya que como tu muy bien afirmas eres mala y las personas malas no dan buenos consejos.
Y ahora, antes de leer los improperios que sueltes por esa boquita divina (si tengo tiempo, porque mi vida personal , si sabes lo que eso significa, me deja un hueco para hacerlo) te diré que no pienso volver a entrar al trapo porque no mereces lo suficientemente la pena( lección 1ª en la facultad de RRLL) y que ojalá en Santiago de Compostela sus habitantes te enseñen algo de lo que significa ser buena gente.
Je, je....... Como en los viejos tiempos. Que buenos ratos me haces pasar. No se si me divierte mas los insultos, como alguien saca muleta y .....alaaaaa, o las leches que le das a veces a esto del laboral (esta tambien es buena, pero hay otras insuperables).
Yo bien, gracias, .....continuo con mi costumbre, la de no insultar, pero eso si, voy a poner otro trocito de tonterias, a ver que tal.
¿es posible que nadie haya visto algun auto en que se declare incompetente el juzgado ante esta clase de reclamaciones (pretension economica)?. O mas facil, ¿alguien sabe si el TC (Tribunal Constitucional) no ha tirado sentencias declarandolas nulas por incompetencia de la jurisdiccion social con esta materia? (Y ya me voy al mas alto, porque los del medio tampoco se callan).
Vale, en el caso, cualquiera que lleve ganandose unos eurillos al mes sabra que en el proceso laboral solo se discute lo controvertido, y no se entra en lo que ambas partes reconocen. Y si pongo en entredicho el robo???
Con una simple excepcion de competencia en cualquier juzgado ya esta, aunque el juez haya estudiado en facultades del norte (que no se ofendan los del norte, pero es que conozco una de por alli que ni contaros, aunque seguro no debio ser la facultad). Y si no es asi, y se pone a resolver el asunto, pues para eso estan los recursos.
La causa de pedir de la empresa se justifica por un PRESUNTO DELITO DE ROBO (y luego resarcimiento). Bien, es importante, si nos queremos dedicar a esto con profesionalidad, saber que el orden social no conoce de todo lo que pase dentro de las cuatro paredes de la empresa. Y aquí, la conducta de la consultante podra ser constitutivo de un acto ilicito contemplado en el CP (Codigo Penal), y no pretensiones a consecuencia del contrato de tabajo. Y fijaros, toda persona responsable de un delito lo es tambien civilmente, por lo que las responsabilidades civiles derivadas de un comportamiento ilicito han de decidirse conforme a la LOPJ.
Te doy muchas pistas ya (sentencias del TC, autos,....). Te doy otra, a ver si con estas: la LOPJ (Ley Organica de no se que) dice que seran los organos de jurisdiccion penal los que conoceran de las causas y juicios criminales (No los sociales). Y evidentemente de todas sus consecuencias, incluido responsabilidades civiles.
Las leyes, y las sentencias, no las cuelgo que me parece ya enseñarte mucho.
P.D.: veo que con el tiempo no se mejora. El administrativo ni sabes que existia, pero hombre, ¿tambien penal y civil?.
Voy a decir mas, pero esto ya es demi cosecha: los robos valen como causa de despido no por el robo en si, sino por la perdida de confianza. Pedir lo que a uno le han robado en el orden social......mucha flauta??????
vergonzosa la actitud del moderador de eliminar mensajes escritos por mi, sin que tuvieran para nada ningun contenido insultante, vejatorio, ni nada parecido.
MUY MAL MODERADOR. MUY MAL.
Pues si, vergonzoso la censura sobre todo porque este señor de aqui arriba que yo haya leido no ha sido en modo alguno grosero con nadie al contrario , a quien deberían censurar es la Ninfa esta que menuda boquita tiene cuando se equivoca y se lo dicen.
A ver si hay suerte, y de una vez, el moderador pone algún filtro para que aquí no entre tanto gentuzo, con la intención de molestar a los que de forma honesta nos resuelven las dudas que planteamos.