Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Juicio alcoholemia sin hacer la prueba

28 Comentarios
Viendo 21 - 28 de 28 comentarios
perfil Rus
07/09/2005 10:57
Lo que tarde el juicio depende de cada juzgado. ¿Por qué no es juicio rápido? (Esto se puede utilizar en caso de condena, para pedir un indulto parcial).
Para enterarte, primero tienes que ver en qué fase está el asunto, y cuando sepas a qué juzgado le corresponde el juicio, sabrás cuanto tardarán en señalar día.

En tu caso, y pese a lo que diga "Observador", no te recomendaría la conformidad, porque la falta de prueba de alcoholemia, que te podían haber hecho perfectamente en el hospital (digo yo), entiendo que es motivo suficiente para absolver, porque lo importante para condenarte es probar que habías bebido y que ese alcohol influyó en el accidente. El simple olor a alcohol no sirve: puedes haber comido una riquísima tortilla al ron y no darás positivo, porque el alcohol se quema.

Hablar con los testigos nunca es aconsejable, pues se les puede "escapar" este detalle durante su declaración, y eso es perjudicial para tí.

Puedes cambiar de abogado.
Mucha suerte.
07/09/2005 10:38
LO PRIMERO MUCHISIMAS GRACIAS A TODOS POR VUESTRAS RESPUESTAS.
Gracias a Dios no ocurrio nada más grave al otro conductor ni a ninguna otra persona.Entiendo que no se puede conducir habiendo bebido, en este caso aunque no vi el ceda el paso(no conocia las calles, la señal era de estas pequeñas pegadas a la pared, ect), yo iba despacio y no vi al otro coche que como digo entraba al pueblo por una carretera y a tenor de como quedaron los coches su velocidad no podia ser en ningun caso 40 km/hora.
Yo no he querido indagar más primero porque fui yo el que me salte el ceda el paso y segundo(dicho aqui en el foro) porque si habia bebido algo y conozco las consecuencias.
Creo que no tengo porque pensar que podia haber sido más grave, ya que como digo estoy seguro que fue un descuido independiente al alcohol, no esque fuera como un camicace a toda velocidad y sin importarme que estaba conduciendo.

Voy a llamar al colegio de abogados de Cuenca para intentar hablar con el abogado de oficio al que la haya correspondido mi caso¿si no lo veo apropiado puedo cambiar a uno privado?.

¿como puedo saber cuanto tiempo tardara en salir el juicio?.

OS AGRADEZCO MUCHO LA ATENCION QUE ME HABEIS PRESTADO, A VECES (SIN DEJAR PASAR EL TEMA DE QUE YA SE LO QUE HE HECHO MAL Y CLARAMENTE ME ARREPIENTO) UNOS COMENTARIOS DE GENTE QUE SABE DEL TEMA AYUDAN MUCHO A AFRONTAR LAS COSAS.

UN SALUDO.
07/09/2005 07:47
Jaime, el resultado de cualquier juicio es imprevisible; como dice el resto de foreros, tu caso tiene defensa, pero eso no te garantiza una absolución; dependerá mucho de la habilidad de tu abogado, de tu propia declaración en el juicio oral y del ánimo del Juez, que resultes condenado o absuelto.-
El mejor consejo que puedo darte es que sigas los consejos de tu abogado si ese te merece confianza y que no desdeñes una conformidad si tu abogado llega a un buen acuerdo con el Fiscal, ya sabes el refrán, más vale un mal acuerdo que un buen pleito...
Sin ánimo de entrar en polémicas con DP, se supone que el médico y los agentes de tráfico, e incluso el otro conductor implicado en el accidente, son testigos imparciales, que declararán bajo juramento o promesa, y que serán informados de las penas a que pueden ser condenados en caso de falso testimonio; no creo que a la palabra de esos testigos imparciales se les de el mismo valor que a la del imputado, que es el único que puede mentir en un juicio. Saludos.-
perfil dp
06/09/2005 18:21
Si no hay prueba de detección de alcohol (etilómetro, extracción sanguínea, etc.) lo que pueda declarar el médico y los agentes de tráfico es una mera testifical más, con el mismo valor que el que vd. diga que no había bebido.
Esto ya se lo han comentado los anteriores intervientes, y como ellos, yo también considero que hay muchas posibilidades de defensa con garantías de éxito, le defienda un letrado de pago o de oficio. A este respecto tan bueno puede ser uno de oficio, como mal uno de pago. La eficacia, la competencia, el buen sentido, etc. no vienen determinados, EN PRINCIPIO, por sus honorarios.
Suerte.
06/09/2005 16:50
Jaime, al margen de cualesquiera consideraciones subjetivas que entiendo no es el lugar, te diré que desde un punto de vista estrictamente jurídico penal tu asunto tiene defensa y no serás el primer conductor que en circunstancias análogas a la tuya resulta absuelto. En este sentido, existe abundante jurisprudencia como apuntaba Rus.
En efecto, como señala Observador, lo que ha de probarse en juicio no es tanto la tasa de alcohol sino la influencia de las bebidas alcohólicas en la conducción. El Tribunal Constitucional ha dejado bien sentado que para ser condenado por el art. 379 del CP se requieren tres elementos: en primer lugar que el conductor haya ingerido alcohol, en segundo lugar que por efecto del alcohol su capacidad psicofísica esté mermada o disminuida y finalmente que se produzca una minoración en la seguridad del tráfico, es decir que exista una evidente influencia del alcohol en la conducción.
En tu caso falta la premisa mayor, es decir, la constación de la ingesta de alcohol y sin ella ya no hay delito.
Y la tasa de alcohol sólo puede mesurarse a través de los procedimientos legalmente establecidos (etilómetro, extracción de sangre, etc.). El dar una tasa positiva es suficiente para una sanción administrativa, pero para condenarte por el delito deben concurrir, además (y que quede muy claro el "además"), el resto de elementos que te comentaba.
Que el atestado refleje unos síntomas determinados no es prueba de cargo para considerar que has consumido alcohol, pues no es extraño que después de un accidente en el que has resultado herido deambules vacilante, estés nervioso o no seas del todo coherente; que un médico de la UVI diga que desprendías olor a alcohol tampoco es prueba de cargo. No se me pasa por la cabeza que pueda condenarse a alguien en base al "olfato" de un tercero.
Ahh !! y la excusa de que no te hicieron la prueba porque estabas herido no es de recibo ante un Tribunal, y es que el art. 22.2 del Reglamento General de Circulación dice que cuando la persona que haya de ser sometida a la prueba de impregnación alcohólica haya resultado lesionada y no se le pueda practicar, serán los facultativos del centro médico al que sea trasladado los que decidan qué tipo de prueba se le ha de practicar para determinar el grado de impregnación alcohólica. Si esto no se hizo es claro que no has de pechar tú por el desconocimiento o desidia de quienes tenían la obligación de hacerlo.
Olvídate de hablar con el médico y el otro conductor.
Suerte y ánimo, porque como te digo hay defensa.
Saludos.
06/09/2005 01:39
Amigo Jaime, antes de nada decirte que no soy profesional del derecho, pero algo de experiencia si que tengo por mi profesión de P. Local; que no te hiciesen las pruebas de alcoholemia está justificado por hallarte herido y ser necesaria tu asistencia sanitaria en un centro hospitalario.-
No creo que sea buena idea que vayas a hablar con el médico y con el otro conductor.-
Aparte de las pruebas de detección alcohólica mediante etilómetro, hay otras pruebas que pueden hacer que la balanza se incline en tu contra: las declaraciones del médico, de los Guardias Civiles, del otro conductor y del acompañante de ese conductor.-
Que tú no golpeases al otro vehículo y que fuese ese otro vehículo el que te golpease a tí, no creo que tenga relevancia; es evidente que si tú no hubieses cometido esa infracción, ese vehículo no te hubiese golpeado; esa misma infracción es otro indicador que podías circular bajo los efectos del alcohol.-
En un juicio no se valora especialmente la tasa de alcoholemia, se trata de una prueba más, lo que se penaliza es la conducción bajo los efectos del alcohol, y, como ya te he indicado, las declaraciones contrarias a tí por una serie de profesionales y testigos y la infracción cometida, creo que pueden ser suficientes para tu condena.-
Sobre lo de que te ganas la vida con el carné de conducir, el pago de la multa, el coste de la reparación del coche... mejor no te contesto para no parecer descortés.-
Con respecto a lo que manifiesta el forero "Rus":

"si el otro conductor no tuvo daños personales y el seguro se hizo cargo, no debería tener motivos para declarar en tu contra..."

bueno, pues es una opinión más, pero si ese otro conductor piensa en lo que le podría haber pasado a él o a cualquier otra persona que pasase por el lugar, creo que puede opinar diferente al Sr. Rus.-
Saludos.-
05/09/2005 20:25
Muchas gracias por contestarme, el fiscal en la acusación pone que no me las hicieron porque tenian que trasladarme en ambulancia al hospital, pero yo creo que el guardia que estaba alli digamos que se compadeció de mí, pero luego llego un superior suyo que fue el que removió todo porque el accidente fue aparatoso.
El que me da miedo es el médico de la uvi movil. Segun parece le dijo al guardia que tambien habia notado signos de alcoholemia, y no se si lo pondria en el informe que hacen.
Perdona que haga tantas preguntas pero esque el tema es duro ya que yo tengo que trabajar con vehiculos, a parte de que si me condenan tengo que pagar la multa y seguramente el arreglo del otro coche que fueron 3600 euros(ya que pone el fiscal que le den comunicación a la aseguradora).
MUCHAS GRACIAS DE NUEVO.
UN SALUDO.
perfil Rus
05/09/2005 19:18
¡Uf!, muchas preguntas.

¿Pone eso el atestado y no te hicieron la prueba?. Salvo mejor opinión, creo que ese "olvido" de la Guadia Civil es suficiente para absolverte. cualquier abogado encontrará un montón de Jurisprudencia en este sentido.

Si el otro conductor no tuvo daños personales y el seguro se hizo cargo, no debería tener motivos para declarar en tu contra, aunque creo que no es recomendable hablar con la otra parte.

En cuanto al abogado, cualquiera te puede defender, no creo que necesites un especialista en Penal, pero siempre puedes mirar en las páginas amarillas. Para ver qué pasa con el abogado de oficio, puedes ir al Colegio de abogados de Cuenca, pues ellos llevan el control de las listas.

Y en cuanto a la alternativa "de oficio" o "privado", entiendo que cualquiera te defedería bien, aunque dependiendo de la persona, el poco dinero que se cobra en el turno a veces hace que no se molesten más de lo estrictamente necesario.

Suerte
Juicio alcoholemia sin hacer la prueba
05/09/2005 18:48
Tuve un accidente, me salte un ceda el paso y un coche me dio en el lateral.
hicimos parte amistoso y ya le han arreglado el coche.
Acudio la guardia civil y una uvi movil.
El otro conductor dio negativo en alcoholemia y no sufrio ningun daño personal.
Yo me hice una herida en la frente, me atendio la uvi movil y despues otra ambulancia me traslado al hospital donde me dieron 1o puntos y para casa.
No me hicieron ninguna prueba de alcoholemia.
En el coche llevaba alguna botella de ron que se rompio en el golpe.
El fiscal me ha abierto juicio oral . Me pide 8 meses a 6 euros/dia y retirada por 2 años.
ha llamado a declarar al medico de la uvi(Según la guardia civil noto signos de alcoholemia en mi). al otro conductor y a un amigo suyo y a dos guardias civiles.
En el atestado pone olor a alcohol, pálido, conjuntiva ligeramente hemorragica, pupilas dilatadas, desinhibido, habla pastosa, incoherencias, titubeante.
Yo he declarado que no habia bebido alcohol.
El juicio sera en Cuenca pero no se cuando¿cuanto suele tardar?
Quiero buscar un abogado que sea especialista en esto ¿como puedo buscarlo?.
Si yo estaba herido y no me hicieron pruebas ¿creeis que tengo posibilidades de salir absuelto?.
¿seria bueno que hablara con el médico y el otro conductor para que no declararan contra mi?.
El fiscal dice que me salte el ceda el paso colisionando con el otro vehiculo,
pero fue el quien me dio a mi,¿esto sirve para algo?.
Me dijeron en el juzgado que me iban a poner un abogado de oficio pero todavia no se nada.
¿seria mejor un abogado privado?¿cuanto me costaria?¿como puedo buscardo?
MUCHAS GRACIAS.