Pienso que debería abstenerse. Si no lo hace habría que estudiar las causas de recusación, pero el sentido común me dice que seguramente ésta es una de esas causas.
Esa posible causa de recusación ¿se entendería extendida para los familliares (ascendientes y descendientes) de esa ciudadana, cuando sean parte de un procedimiento en ese juzgado?
Pues sinceramente yo no veo causa de abstención (o recusación) ya que si se trata de una queja asumo que en ppio no es una acusación penal, ni tiene pleito pendiente. Y las causas de abstención son numerus clausus.
En cuanto a la extensión a los familiares, no, sino son acusadores, o parte del pleito pendiente, no hay causa de recusación.
Si ese juez fuera finalmente sancionado por el CGPJ, se interpodrá la correspondiente denuncia o querella contra el mismo para exigir las responsabilidades penales a qUe haya lugar y paso conseguir su recusación?