Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

jubilacion

0 Comentarios
 
Jubilacion
17/02/2011 15:46
Tenemos un trabajador que mañana cumple los 65 años y se jubila. Qué tramites tenemos que hacer, supongo que primero darlo de baja en el sistema red con el código 58, pero tenemos que hacer algun tipo de comunicacion más a la administración o con esto es suficiente? y por otro lado, ¿al trabajador hay que hacerle algun escrito comunicando la baja por jubiliación o él nos tiene que hacer una carta solicitandonos la baja por jubilación?
Este trabajador solo trabaja un 15% de la jornada ya que hay un contrato de relevo, ¿el trabajador que está contratado por este tipo de contrato también causa baja ó se le puede seguir teniendo contratado pero ahora por el 100% de la jornada y hay que comunicar un cambio de contrato?

Gracias por todo.