Buenos dias existe normativa que regule la edad de Jubilacion de una persona fisica ejerciendo como comerciante? o en estos caso la persona puede decidir cuando se quiere jubilar.Si es asin esto implica que tal persona fisica estara ejerciendo una actividad comercial hasta los 80 o los 90 años??? Existe algo sobre el tema.Esta pregunta la traslado aki aunque es del foro de arrendamientos Urbanos.
La jubilación es voluntaria y más en los autónomos- Sólo es obligatoria en los funcionarios si llegan a los 70 años- Mira el nuevo presidente del Real Madrid, tiene 83 años.
En tu segun párrafo estoy de acuerdo, pero no del todo, pues "Si es asin esto implica que tal persona...etc", yo lo veo como "Si es así esto implica... etc"
Bueno, espero que no se lo tome a mal. A Lo mejor vale para corregir para siempre lo del "asín". Era una broma un poco irónica, pero una broma. A veces meto alguna, como en lo del abuelo que quiere permiso por nacimiento de nieto.