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jubilacion

4 Comentarios
 
Jubilacion
27/02/2015 20:04
Hola mi mujer tiene actualmente 63 años y ha cotizado a la seguridad social 11Años 2Meses y 20Dias..

Su primera cotizacion lo fue en el 1970 (1163dias) luego al casarse dejo de tranajar y luego en el 2000 inicio de nuevo su vida laboral y la ultima es de febrero 2014. Y de momento no tiene a la vista posibilidad deampliar la cotización pues está en el paro. Al cumplir los 65 tendrá derecho a alguna pension???

Gracias anticipadas por la respuesta
28/02/2015 21:45
Primero que todo buena tarde, soy de Colombia.
No se si me pueden por favor prestar ayuda.
28/02/2015 22:00
trebla:

Para acceder a una Pensión de Jubilación Contributiva es requisito indispensable haber cotizado al menos 15 años, y al menos dos de ellos dentro de los 15 años anteriores a la solicitud.
Por otra parte la edad de jubilación NO es de 65 años (excepto para carreras largas de cotización superiores a 36 años) Hay un periodo transitorio de aplicación de la ley : a modo de ejemplo para 2017 será de 65 años y 5 meses (para cotizaciones inferiores a 36 años y 3 meses).
En función de los ingresos y rentas de la Unidad Familiar podría optar a una Pensión No Contributiva, que gestiona el IMSERSO (no la SS) pero los requisitos son muy exigentes.
28/02/2015 22:17
trebla:

Debéis tener en cuenta que mientras reciba la prestación de desempleo ("el paro") el SEPE cotiza a la SS por el concepto de Pensiones y hay que contabilizarlo. También cotiza para pensiones el Subsidio para mayores de 55 años (se el único subsidio que SI cotiza).
Si ha tenido hijos mientras no trabajaba (no cotizaba) tiene dos bonificaciones (que no "aparecen" en la vida laboral, pero SI computan en la "vida de cotización" que es la que se tiene en cuenta):
BENEFICIO POR PARTO es válido para los partos normales (hijos nacidos) y abortos de más de seis meses alegados por la mujer y que se hayan producido cuando residía en España. Se suman 112 día por parto
BENEFICIO POR CUIDADO DE HIJOS O MENORES: es válido para los hijos nacidos, adopciones y acogimientos que alegue el solicitante de la pensión independientemente de su residencia. Se suman 270 día por hijo.
Saludos.
02/03/2015 19:14
Muchas gracias a todos