Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Jubilación y 2 pagadores

4 Comentarios
 
Jubilación y 2 pagadores
16/04/2023 17:15
Hola a todos, tengo una duda en tan importante momento para una persona como es el momento de la jubilación, la Seguridad Social me envía una carta con todos los datos de mi jubilación para la fecha del 20 de octubre de 2023, por otra parte me comenta algún compañero que me interesaría esperar mes y medios más en la empresa y pasar a la jubilación el 1 de enero del 2024 porque cuando llegue la época de la declaración de Hacienda del año que viene me va a "crugir" Hacienda en la renta por el hecho de tener 2 pagadores este año, mi empresa y la Seguridad Social, puede ser que sea posible esto? En principio sí es así tampoco me importaría mucho esperar mes y medio más antes de pasar a mejor vida.
16/04/2023 19:38
juann
eso es un mito pero que no es verdad,para lo unico que te afectaria seria para la obligatoriedad de hacer la declaracion de la renta que pasaria de 22000€ a 15000€ pero no vas a pagar mas por tener 2 pagadores.imaginate una persona que trabaja 3 meses en una empresa y coge la baja otros 3 meses.lo despiden y va 3 meses al paro y vuelve a encontrar trabajo los ultimos 2 meses del año,por ese sistema con 4 pagadores no habria ganado suficiente para pagar,la conclusion esque si esta persona ha cobrado 25000€ y otra con un solo pagador tambien ha cobrado 25000€ van a pagar lo mismo
16/04/2023 22:25
Ostias!!! Antonio58 me da la sensación que deberías ir a hacerte análisis médicos, parece estos síntomas principio de Parkinson.
Es broma, gracias por contestar, creo que deberé acercarme y hablar de este tema con algún abogado o gestor económico.
17/04/2023 13:01
juann
Estimado juann. De nuevo a vueltas con el tema de los dos pagadores....Le garantizo que el número de pagadores, para nada tiene que ver en que Vd cuando haga su autodeclaración del IRPF tenga que pagar mas o menos, o tengan que devolverle mas o menos. Lo que si tiene que ver con el número de pagadores no es esto en si, si no con el tipo de contrato, normalmente temporal, al quien se le aplica una retención de IRPF de sólo el 2%, cuando le correspondería mas, según las tablas de retención que se aprueban anualmente. Y aquí es donde está la madre del cordero.
Esto en su momento es perfectamente evitable, rellenado en modelo 145 y solicitando a la AEAT, que le retengan un porcentaje mayor en su nómina. Ese impreso se lo entrega Vd a cuantos pagadores tenga. se lo sellan y le devuelven su copia, y todo solucionado.
23/04/2023 10:15
juann
Hola. Mi consejo es que te jubiles a mediados de diciembre.
De esa forma, el segundo pagador( el INSS) , te habrá pagado en todo caso, una cantidad inferior a 1.500 euros. Por ello, si tus ingresos en el año 2023 no superan los 22.000 euros, no estarás obligado a hacer la declaración de renta( podrás hacerla si te saliese a devolver), pues, aunque tus ingresos superen los 15000 euros, el segundo pagador te habría abonado menos de 1.500 euros.
Por otra parte si te jubilas antes del día 30 de diciembre, podrás cobrar la revalorización de la pensión del año 2024. En cambio, si te jubilases el 1 de enero del 2024, no tendrías derecho a dicha revalorización.
Saludos