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Jubilación por Incapacidad Permanente Absoluta

1 Comentarios
 
Jubilación por incapacidad permanente absoluta
06/05/2013 14:00

El 7 de diciembre de 2012 obtuve una declaración del INSS de Incapacidad Permanente Absoluta con efectos retroactivos al 15 de septiembre del mismo año, fecha en que se agotaron los 18 meses de la incapacidad temporal , con la correspondiente pensión. Al ser funcionaria de carrera de Administración Local y en virtud de lo que dispone el artículo 67.1.c del Estatuto Básico del Empleado Público, el Ayuntamiento con fecha 11 de enero de 2013 me declaró la jubilación con efectos retroactivos al mencionado 15 de septiembre de 2012.
Mi pregunta es: Si en una revisión del INSS, puede suceder al cabo de un año, me dieran el alta de la incapacidad y no optara por el reingreso en la función pública sino por permanecer jubilada cual sería la retribución de mi pensión de jubilación teniendo en cuenta que tengo 59 años y 40 de cotización a la Seguridad Social.
Muchas gracias.
06/05/2013 18:35
Tenga en cuenta que vd. NO ESTÁ JUBILADA, sino INCAPACITADA PARA CUALQUIER TRABAJO. En caso de revisión de su incapacidad, y la declaren apta para trabajar (algo muy improbable), en ningún caso puede permanecer jubilada.