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jubilación parcial de los funcionarios

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Jubilación parcial de los funcionarios
08/05/2010 13:56
Sentencia muy interesante, favorable a la jubilación parcial de un funcionario de la TGSS:

“Juzgado de lo Social Nº 2 de Elche
Seguridad Social. Asunto nº 469/09
Sentencia Nª 243/10
En Elche, a 15 de marzo de 2010″

Dice el Fallo:

“…debo declarar y declaro el derecho del actor a que se le reconozca la jubilación voluntaria parcial en el porcentaje del 85% solicitado y debo condenar y condeno a las entidades demandadas a estar y pasar por dicha declaración y, en el ámbito de sus respectivas competencias, a abonar al demandante la pensión por jubilación voluntaria parcial que legalmente le corresponda, así como a realizar las actividades necesarias para la reducción de la jornada y correlativa reducción de las retribuciones del trabajador y arbitrar los medios necesarios para proveer el relevista preciso.”

Y después de hacerles saber a las partes la facultad que tienen de interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del TSJ de la Comunidad Valenciana, cita:

“Si la recurrente fuese una Entidad Gestora, estará exenta de las anteriores consignaciones, pero si existe condena, en su contra, a prestación periódica habrá de certificar al anunciare su recurso que comienza el abono de la prestación reconocida, y proceder puntualmente a su abono durante la tramitación del recurso.”

Menudo problema le ha creado este Juzgado a la TGSS, que deberá hacer un contrato de trabajo a tiempo parcial al funcionario y nombrar un relevista hasta que aquél cumpla los 65 años, cuando aún la Administración no ha publicado la norma que establezca el procedimiento correspondiente. Y para no dejar ningún cabo suelto, ordena a la Entidad Gestora que, si recurre, aporte certificación acreditativa de que ha procedido puntualmente a pagar la pensión de jubilación.

Saludos.