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Jubilación parcial 2025

6 Comentarios
 
Jubilación parcial 2025
08/01/2025 12:33
Alguien podría aclarar que tramites quedan para que se pueda aplicar el adelanto a 3 años de la Jubilación Parcial.
Tengo que solicitarlo a la empresa pues este verano ya podría disfrutarla y no se si su aprobación está pendiente de aprobarse en el Congreso de los Diputados
11/01/2025 13:33
El Decreto-Ley que incluye diversas modificaciones sobre jubilación se aprobó en diciembre. Los cambios en la regulación de la jubilación parcial entran en vigor el 1 de abril de 2025.
11/01/2025 13:39
Por si quieres consultarlo en el BOE, se trata del Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre.
En lo que respecta a la jubilación parcial, en este R.Decreto-Ley se modifica el art. 215 de la Ley General de la Seguridad Social, que es donde se regula la jubilación parcial (conviene leerlo para asegurarse de que se cumplen todos los requisitos de edad, años de cotización, antigüedad en la empresa, etc.
20/01/2025 10:42
Longaza
Buenos días, respecto a este tema, jubilación parcial 3 años antes de la que te corresponda legalmente, la misma señala que con 33 años puedes jubilarte 3 años antes, y si te acoges a la modalidad actual este 2025 sería con 62 años y 8 meses so tienes 36 años cotizados, como casaran ambas jubilaciones. Es decir si tengo 34 años cotizados puedo acogerme a tres años antes, trabajando el primer años entre el 66 y el 80 porciento de la jornada, y el segundo y tercero años?, Igual me estoy liando y es mas sencillo
21/01/2025 20:12
Entiendo que tiene vd 34 años cotizados. No indica vd su edad (ni fecha en que cumple años).

La edad de jubilación ordinaria para el año 2025 con esa cotización es de 66 años y 8 meses.

Para poder acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo, según las modificaciones introducidas por el RD-ley 11/2024, se pedirá:
- Tener cotizados al menos 33 años (lo cumplirá vd)
- Edad inferior en 3 años como máximo a su edad de jubilación.
- Antigüedad en su empresa actual de al menos 6 años.

Por tanto podrá vd acceder a la jubilación parcial si tiene cumplidos al menos 63 años y 8 meses y cumple el requisito de antigüedad en la empresa.

Todo esto a partir de su entrada en vigor el próximo 1 de abril. Hasta entonces el requisito de cotización es de 36 años. que vd. no cumpliría.
22/01/2025 16:59
mark9
Parece que estamos de enhorabuena quienes estamos a punto de acogernos a ja Jubilación Parcial que hoy ha salido adelante en el Congreso de los Diputados, y ahora las dudas surgen en la intervención del Real Decreto ley.
Cumplo los 63 años el próximo junio y en esa fecha llevaré cotizados casi 34 años en total, los últimos 24 en el trabajo actual.
Con esos datos según a quién le pregunté me ofreces las dos informaciones siguientes:
1) El adelanto de 3 años para Jubilarse parcialmente hay que descontarlo de la que corresponderá según la carrera de cotización del trabajador, en mi caso que sería con 67 años, la respuesta será en Junio/2026 cuando cumpla 64 años.
2) Según la tabla vigente para este año y anterior a la Reforma, la jubilación parcial en 2025 para cotizaciones entre 33 y 36 años está en 64 y 4 meses, luego el adelanto se tiene en cuenta de ese dato, sería a los 63 y 4 meses. Aplicándolo a mi edad podría jubilarme en Octubre/2025
He hecho la correspondiente consulta en la Seguridad Social y no lo saben: "vuelva a preguntar después del 1 de abril"!
Estaré muy agradecido de quien quiera compartir su opinión al respecto
01/02/2025 08:19
Una cosa que debe tener en cuenta y nadie te dirá es que no te quedará la misma pensión si te jubilas a los 65 o a los 61 con relevista, ya que te "penalizan" porque te cogen para tu jubilación los últimos 25 años, por lo cual a no ser que tengas un salario muy alto que te vaya a quedar la pensión máxima de 3,200€ o así, verás reducida tu pensión.
Esos 4 años que te pillan de antes normalmente se cobraba menos que actualmente.
Eso consúltalo.
Puedes hacer un cálculo de pensión en la web de la seguridad social