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jubilacion obligatoria

8 Comentarios
 
13/07/2006 19:08
gracias GS Granada, pero aun sigo con una deuda, yo con los trabajadores no tengo deudas, tengo con algunos proveedores, entonces, tengo pensado hacer el traspaso y con lo que saque del traspaso, cancelar todas mis deudas, sin pasarle ninguna a nadie, tu crees que esto está bien hecho?
13/07/2006 18:47
Aunque entiendo que te hemos dado respuesta los dos, voy a hacerte un último intento:

¿Tienes tu derecho a jubilarte? Sí, cuando tengas edad y tu lo decidas, o se produzca una invalidez o impedimento legal.

¿Si te jubilas, tienes algunas obligaciones con los trabajadores? Sí de dos formas:

1. La primera enviarles una comunicación informándoles del asunto, cuando recibas las comunicación de la pensión y posteriormente, pagándoles UNA MENSUALIDAD a cada uno de su salario. Esto aparte de hacerles la liquidación del finiquito y un certificado para el INEM para que cobren el desempleo que tengan.

2. La segunda es la CESACION TOTAL DE LA ACTIVIDAD que les anuncias en la comunicación de arriba, ya que si continúa (bien sea por transmisión, traspaso o cualquier forma de transmitir) la actividad, los trabajadores continuarían en la empresa con quien se haya quedado al frente de la misma.

¿Puedes tu vender o traspasar el negocio? Sí, que puedes. Lo único es que el nuevo empresario, tendrá que llevarse también a los trabajadores y durante un plazo de tres años, responderéis ambos de las deudas contraidas con los mismos. Posteriormente, tu te apartarás y el continuará con las obligaciones de los contratos.

¿Qué quieren los trabajadores en el asunto? Lógicamente quieren seguir trabajando contigo o sin tí, pero haciendo lo mismo que hasta ahora. Y si no es así, el despido con 45 días por año y no una extinción legal de una mensualidad.

De modo que hazme caso, que el asunto te lo lleve un profesional (que nosotros aquí ya, lo que nos falta, es rellenar los papeles y cobrar, pero no estamos para eso) como te digo arriba y de esta forma, te ahorras tiempo, dinero y dolor de cabeza.

Bueno, espero que ahora sí.
13/07/2006 14:57
muchas gracias, es que aparte de jubilarme tengo deudas de la empresa, entonces tu crees que mi idea de jubilarme y traspasar mi empresa, con el dinero que puedo sacar ya cancelaría mis deudas y me voy libre a la jubilación. darme opiniones, pues mi hijo tiene trabajo en otro lado, tampoco quedaría en la calle. Por otro lado, si los trabajadores no quieren que yo traspase por jubilación, tienen alguna causa para denunciarme o algo así, ellos tienen algun derecho para que yo no me pueda jubilar? gracias
13/07/2006 14:43
A ver, si traspasa, vende, cede, regala o dona su negocio a otra persona, mediante precio o gratis, la otra persona, su hijo, o un tercero cualquiera tiene la obligación de quedarse con todos los trabajadores.

Eso es lo que se llama subrogación de empresa. Cambian de empresario pero el trabajo sigue siendo el mismo, y usted se puede jubilar tranquilamente sin soltar ni un duro por ese concepto.
13/07/2006 12:46
a ver si entiendo, pues soy un poco negada, yo podría traspasar el negocio por jubilación, estén o no de acuerdo los trabajadores y en cuanto tendría que liquidar a los mismos? pues si puedo traspasar para jubilarme no me importa si mi hijo quiere seguir o no.
gracias
13/07/2006 11:23
Claro que puedes hacer un traspaso por jubilación, pero la nueva empresa, estaría obligada a coger tambien a los trabajadores, de la misma manera que si es tu hijo quien se hace cargo de la misma.

Eso es lo legal pensionista. Es legal que te jubiles, tienes tus derechos a tu jubilación, a tu salud y todo eso, pero los trabajadores tambien tienen los suyos que tambien hay que respetar.

Imagina que tu hija trabaja para un empresario que se quiere jubilar y mandarla a la calle, con lo puesto, sabiendo que el hijo de empresario va a continuar la actividad, ¡ a que jode !

Siento el ejemplo, es que lo utilizo mucho con mis propios clientes cuando quieren jsutificar lo injustificable y les explico lo complicado que es que prospere.
13/07/2006 11:02
y puedo hacer traspaso por jubilación? ya sé que la jubilacion en autonomos no es obligatoria pero mi estado de salud tampoco es muy buena, ya he cogido 4 meses de baja por enfermedad y si ahora vuelvo a estar de baja seguro que me obligan a jubilarme pues ya tengo la edad de cotización.
12/07/2006 21:11
Pensionista, pues va a ser que no y por otro lado, la jubilación es un derecho, que no una obligación para un autónomo.

Para que puede llevarse a término, la actividad tiene que cesar también y no transmitirse, porque si es así, se produciría una transmisión de empresa por actos intervivos. Por esta razón en el Derecho de Trabajo existe un principio según el cual, "el trabajador sigue a la empresa, que no al empresario".

Busca un profesional laboralista, para que sea él quien te realice lo procedente, aunque en síntesis, es así.

Otra cosa sería, si te jubilas, comunicas, indemnizas con una mensualidad y procedes al cierre durante un periodo de tiempo no inferior a 3 o 4 años. Pero lo más apropiado es que tu hijo cambien de centro de trabajo.

Que te vaya bien.
Jubilacion obligatoria
12/07/2006 20:26
Tengo una empresa con empleados, tengo 67 años y 16 años de cotizacion de autonomos, quiero cerrar por jubilacion, pero tengo un hijo que le gustaría seguir con el negocio pero sin empleados, cómo podría hacer? además tengo el bajo en alquiler, cómo tendría que hacer para que mi hijo se quede con el bajo y siga con la actividad?
gracias, responderme lo antes posible.