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Jubilación, local y traspaso

1 Comentarios
 
Jubilación, local y traspaso
13/12/2005 16:46
Os ruego me aclaréis las dudas que tengo respecto del siguiente supuesto: Uu inquilino de local comercial con un contrato antíguo (año 78) ha cumplido la edad de jubilación y ha solicitado la correspondiente pensión (hace dos años). No obstante, en el local alquilado ha continuado ejerciendo la actividad (venta de frutas) aunque es su hijo quien ha realizado la actividad a diario (la madre sólo acudía los viernes y sábados en que hay más trabajo). El asegurado en Autónomos y quien ha pagado los impuestos ha sido el hijo en estos dos años, aunque todo lo relativo al local (renta, comunidad y suministros) lo ha pagado la madre. Hace 4 meses el hijo cesó en la actividad, intentando desde entonces realizar un traspaso (permitido en el contrato).
El propietario ha enviado hace tres meses un burofax diciendo que daba el contrato por extinguido por causa de jubilación y que debían entregarle las llaves en 15 días. La inquilina no ha devuelto las llaves y ha seguido pagando la renta de estos tres últimos meses, que ha sido recibida por el propietario sin realizar ninguna reserva.
La inquilina ha encontrado una persona a quien interesa adquirir el traspaso del local. Las dudas que me han surgido son las siguientes:
1ª ¿Puede hacerse el traspaso?
2ª en caso afirmativo ¿Le corresponde al propietario una participación del 20 %? y ¿Puede subir la renta un 15%?
Espero haber expuesto con claridad el supuesto y agradezco de antemano la atención que me puedan prestar.
13/12/2005 20:23
Creo que sí puede hacerse el traspaso, cumpliendo los requisitos del art. 32 (y 35) L.A.U. 1964.
La participación es del 20% si el local se habitó o construyó entre 1936 y 1942. Si es posterior a 1942, la participación es del 10%.
La renta podrá elevarse un 15%.
Un saludo.