Hola. A los 65 años como tendrás más de 35 años cotizados, podrás pedir la jubilación anticipada.
Te aplicarán el coeficiente reductor por no alcanzar en 2024 los 38 años de cotización.
Después podrás reclamar interesando el 100 % contra el INSS y contra la empresa por las diferencias.
Ahora bien mi consejo es que solicites la jubilación 3 meses antes de cumplir los 65 años y poco después de 1 mes de la solicitud, intenta contactar con el INSS a fin de confirmar que si causas baja en la empresa a los 65 años tendrás derecho a la jubilación aunque sea anticipada.
Saludos
Perdon, creo que me exprese mal. Si a los 65 solicito la jubilación anticipada, dos años antes de la edad reglamentaria, podría demandar para solicitar el 100%? Ya que tendría 65 años y más de 40 años trabajados, reconocidos documentalmente por la empresa. Nuevamente muchísimas gracias!
Sí.
Podrías reclamar y seguir trabajando, pero el problema radicará en el tiempo que tarde el juicio y la sentencia. Si se demora mucho tiempo, no serviría para nada aunque lo ganases.
Saludos
Muchas gracias por tu extensa respuesta. Solo una puntualizacion: si estoy trabajando a los 65 años, podría en ese momento solicitar la prejubilacion y continuar con el proceso de demanda,?
Hola. Dependerá de tu situación al cumplir los 65 años.
Por ejemplo, si estás cobrando el desempleo, podrás pedir la jubilación.
El INSS te la denegará, seguirás cobrando el desempleo y deberás hacer una reclamación previa y posterior demanda al juzgado, solicitando la condena de la empresa por las diferencias de pensión así como la condena al INSS al abono y anticipo de la totalidad de la pensión sin perjuicio de que el INSS, después de la sentencia pueda reclamar contra la empresa por las diferencias.
Deberás tener pruebas claras que demuestren todo el tiempo trabajado sin asegurar.
Prescribe el pago de las cotizaciones a los 4 años, pero la responsabilidad empresarial por la deficiente cotización no prescribe.
Ahora bien, si a los 65 años, estás trabajando, será muy complicado.
No te puedo aconsejar que solicites la baja en la empresa por jubilación pues el INSS te la denegará y no cobrarás nada. Después podría denegarte el juzgado la jubilación por no acreditar los años no cotizados.
Otra posibilidad sería pedir la jubilación sin causar baja en la empresa, pero todo el proceso posterior ( reclamación, demanda y juicio es largo y podría ocurrir que cuando saliese la sentencia, podrías tener ya los 66 años y 8 ó 10 meses (dependiendo del mes de nacimiento). Por tanto serviría de poco la reclamación. Complicado
Saludos
Buenos días,
Tengo 64 años, 43 años trabajados en la misma empresa, pero cotizados solo 35.
La empresa reconoce todos los años trabajados. Que posibilidades tengo de jubilarme a los 65 años con el 100%.
Gracias!