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Jubilacion empresario

1 Comentarios
 
Jubilacion empresario
27/03/2008 13:05
Tengo que indemnizar a una trabajadora cuyo empresario ( persona física) se jubila el mes que viene.
La cuestión es que desde febrero la trabajadora está a tiempo parcial.

La pregunta es: Si la indemnización ( exenta de IRPF) es de 30 días de sueldo, qué sueldo tengo en cuenta?, el de tiempo parcial ( que es el actual) o a tiempo completo?.
Gracias.
27/03/2008 13:43
Depende de en qué condiciones, o porqué motivos a pasado ese contrato a ser tiempo parcial.

Si ha mediado dolo o engaño para ahorrarse la mitad de una indemnización pírrica, ya le vale.

Si es por guarda legal, corresponde la de tiempo completo.

Si fue por voluntad de la trabajadora corresponde el salario que perciba en ese momento.

Dependiendo del tiempo que lleve la trabajadora, y de la dignidad de las partes, yo creo que debería pagarse a tiempo completo.