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Jubilación empresario individual

1 Comentarios
 
Jubilación empresario individual
04/05/2011 15:30
Ahí va una duda de laboral(tema en el que ando pez xD):

1-Un empresario individual con dos trabajadores se jubila en el año 2008 y no se lo comunica a los trabajadores, sigue emitiendo nóminas a su nombre y la empresa sigue llevando tb su nombre.
2- Ahora, el 30 de abril 2011, envia una carta a sus trabajadores con propuesta de finiquito con un mes de indemnización en la que dice que cierra la empresa por jubilación de su esposa y ya que el tb esta jubilado y como no tienen descendencia, no le queda otro remedio. Acompaña copia de resoluciones de concesión pensiones de jubilación de ambos, la de él es del 2008 y la de ella de noviembre de 2011. Por cierto, la carta la entrega en mano el día 30 abril y en ese mismo momento cierra la empresa poníendo un cartel en la puerta de cerrado por jubilación así que no ha habido comunicación previa de 15 días a los trabajadores.
3- Es decir, que el no comunica su jubilación y la de su mujer no se comunica hasta abril 2011 siguiéndose emitiendo nóminas y funcionando la empresa hasta finales de abril.
4- En las vidas laborales de los trabajadores creo(aún no las tengo) que figura como empleador el nombre del empresario que a su vez es el nombre de la empresa.
5- Asimismo, a los trabajadores se les adeudan los salarios desde noviembre 2010(curiosamente la fecha de concesión de pensión jubilación de la esposa del empresario).

Mi intención es plantear una demanda buscando el despido improcedente pero me gustaría leer vuestras sabías apreciaciones sobre el tema.
05/05/2011 18:29
Creo que estos defectos no impiden la extincion de los contratos. Cierto es que deberían haber comunicado la subrogación empresarial a nombre de la mujer pero al haberse jubilado ahora la mujer, la realidad fáctica es que la extinción por jubilación del empresario es real. Existen posibles irregularidades ante una subrogación pero ello no autoriza a la conversión de indefinidos e imagino que siempre habra razones para explicar lo ocurrido, las cual parece desconoces. Se podría haber planteado, en su momento, una demanda de extinción del contrato por impago reiterado del salario desde noviembre de 2010; ahora ya es tarde. No creo que los hechos que comentas den lugar a un despido improcedente pero tampoco quiero negarte la posibilidad de que actues de ese modo y cuando menos cazar una indemnización