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Jubilación e IT

4 Comentarios
 
Jubilación e it
perfil fer
14/07/2005 17:24
Espero que me podáis orientar,
Desde el punto de vista de la empresa, qué se puede hacer en el caso de una trabajadora que lleva unos 9 meses en baja por accidente de trabajo y está cerca de cumplir los 65 años y con pocos visos de recuperarse. ¿Que deberíamos hacer? ¿Esperamos a que cumpla el periodo de IT de los 18 meses? ¿Se puede hacer algo al llegar la edad de jubilación? Agradecería cualquier orientación...
14/07/2005 17:29
Hola.

No entiendo. ¿hacer que.?

La trabajdora está en situacion de I.T. y a la empresa no le queda mas remedio que soportar esa situacion hasta que le den el alta. Es que no veo por donde va la pretensión de la empresa.

Saludos.
perfil fer
14/07/2005 17:36
Antes de nada, gracias por la respuesta. Más que la pretensión de la empresa. lo que se pretende es seguir la legalidad. El tema es que entiendo que la situación de la empresa es más bien contemplativa ¿no?. Es decir, esperar q que transcurra el periodo máximo de IT y en este caso se pasaría a situación de incapacidad, entonces ¿que debe hacer la empresa? ¿dar de baja una vez que reciba la comunicación de Incapacidad? Estamos perdidos en este tema...
14/07/2005 17:50
Hola.

De momento la empresa no debe hacer nada. solo esperar a que se resuelva su situacion o se alcencen los 18 meses para poder dejar de cotizar por este trabajador.

Si le diesen algún tipo de incpacidad el INSS se ño comunicaría a la empresa y si esta incapacidad fuese total o absoluta y hubieses cotizadfo por el mas tiempo del debido (por haber recibido la comunicacion tarde) con una copia de la resolucion puedes pedir una devolucion por ingresos indebidos.

A lo que debes estar atenta es a las consecuencias que pueda acarrear el que le declren una incapacidad permanente, tales como los seguros de convenio, si los hay (que estuviesen al dia las en la fecha del accidente) y si existia en esas fechas poliza de R.C. por la posible reclamacion de responsabilida civil si hubo algún tipo de sancion como consecuencia del accidente o sin existir sancion alguna el trabajador reclama y os pillan en algun incumplimiento en materia de seguridad e higiene.

Saludos.
perfil fer
14/07/2005 18:07
Muchas gracias por las respuestas, me queda todo más claro...