Siento mucho no haberme explicado bien. Es autónomo por ser dueño de una empresa. La empresa tiene trabajadores y por eso no se va a cerrar con su jubilación. Entiendo de vuestros comentarios que hay que buscar a otra persona a quien nombrar administrador y que siga cotizando.
Muchas gracias por vuestro tiempo y, repito, perdonad los mal entendidos que puedan haber existido.
Desde luego que interesaría Shanadu, pero es que aquí además de contestar, parece que nos piden que seamos adivinos, o que nos examinan a ver si sabemos o damos pistas de algo que no quieren preguntar directamente, como en el post del despido objetivo sin paro que hay mas abajo.
Si quien consulta se pregunta si después de jubilado tiene que seguir pagando cuotas, es porque tiene la intención de seguir trabajando amparándose en el tema de la “mera titularidad”
LA respuesta es: No tiene que seguir pagando.
Si es persona física y no le pillan, bien, y
REPITO,
Si es sociedad, aunque sea pequeñita y no tenga Consejo de Administración, NO puede seguir siendo administrador.
A ver si ahora no voy yo a saber distinguir un Administrador de un Consejo de Administración o de un consejero, no te j
Hola a todos. Dice bien el compañero, “una cosa es la mera titularidad, y otra cosa es que realmente trabaje en el negocio”.
Esto si no ha cambiado (y ruego, en su caso, corrección), implica, que si se va jubilar y el negocio permanece o continúa, deberá designar el continuador familiar de la actividad, para el hipotético caso que no tenga una empresa con empleados que hagan las funciones que él deja. Es decir, otro que siga pagando cuotas.
Gracias Xandru, ya lo había leído, y por eso sé que cobrará la pensión, pero me sigue quedando la duda de si debe cotizar, aunque cobre la pensión. De todas formas, que tú y yo hayamos pensado lo mismo me hace sentirme más acertada.
Gracias CrisF, pero creo que nada tiene que ver el trabajo que desempeña en la empresa y por el que causará baja, con el cargo de administrador de una empresa. Es el dueño y por tanto su administrador, salvo que se formara un consejo de administración, aunque, en ese caso, sería consejero y la duda sequiría siendo la misma:¿debe seguir cotizando por autónomos?
Jubilación
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La pensión de jubilación es compatible con el mantenimiento de la titularidad del negocio y con el desempeño de las funciones inherentes a dicha titularidad.
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Mi duda es la siguiente: Cuando un autónomo se jubila con 65 años, ¿debe seguir cotizando puesto que seguirá siendo el dueño y el administrador de su empresa?