Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Jubilacion anticipada

1 Comentarios
 
Jubilacion anticipada
03/08/2012 18:49
Tengo 57 años en la actualidad estoy en desempleo desde mayo de 2010. Ya se me ha acabado la prestación por desempleo y no me han concedido el subsidio para mayores de 52 años. Tengo cotizados 39 años en el régimen general los últimos 15 años con las bases de cotización máximas.
Si alguien me puede informar, quería saber: si al no tener el subsidio de desempleo y no cotizar por mí, en caso de llegar en esta situación a los 63 años, como me afectaría la jubilación? Estos últimos 6 años sin cotizar como computan?
Gracias.
05/08/2012 13:03
Mira el art.161 bis de la LGSS.
TAMBIEN PUEDES CONTRATAR EL CONVENIO ESPECIAL EN AL TESORERIA.
tambien puedes jubilarte a los 61 años, tienes que estar seis meses antes apuntado en el INEM.
preguntas lo de los seis años sin cotizar, pues esta es la respuesta:
Si en el período que haya de tomarse para el cálculo de la base reguladora aparecieran meses durante los cuales no hubiese existido obligación de cotizar, dichas lagunas se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento para trabajadores mayores de dieciocho años.

En los supuestos en que en alguno de los meses a tener en cuenta para la determinación de la base reguladora, la obligación de cotizar exista sólo durante una parte del mismo, procederá la integración señalada en el párrafo anterior, por la parte del mes en que no exista obligación de cotizar, siempre que la base de cotización correspondiente al primer período no alcance la cuantía de la base mínima mensual señalada. En tal supuesto, la integración alcanzará hasta esta última cuantía.