Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Jubilacion anticipada

7 Comentarios
 
Jubilacion anticipada
05/02/2011 12:35
Si una persona esta en el desempleo 4 años por despido improcedente ¿Se la considera dentro de los supuestos para poderse jubilar a los 61 ños puesto que reune todas las condiciones restantes exigidas anteriormente, y con qué porcentaje?
05/02/2011 19:01
Actalmente si ha cotizado mas de 30 años en el regimen general se puede jubilar con coeficientes reductores del 6 % al 8% por año en funcion a los años cotizados. con la entrada en vigor de la nueva reforma no esta muy claro en cuanto el porcentaje
06/02/2011 09:24
Hola Macojoh, efectivamente me estaba refiriendo a la nueva situación con la reforma firmada hace unos días. Pero ¿Estas seguro sobre la posibilidad de jubilarse a los 61 años? Gracias
06/02/2011 14:15
Dejando aparte la jubilación anticipada de los mutualistas (cotizantes por cta. ajena antes del 01/01/1967) sobre la que el pacto no dice nada (se supone entonces que no varía nada), la jubilación anticipada que existía a partir de los 61 para ceses involuntarios con 30 o más años de cotización, parece ser que queda así:
1- se mantiene a partir de los 61 a. pero solo para empresas en situación de crisis, el trabajador deberá tener 33a. cotizados.
Además se mantendrán las condiciones de acceso de jubilación anticipada previas a la suscripción de este acuerdo a todas las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de decisiones adoptadas en EREs o por medio de convenios colectivos y/o acuerdos colectivos de empresa, los coeficientes reductores no son totalmente proporcionales, y el proceso se instaurará progresivamente.
(quien quiera leerse el acuerdo pinchad en este link, en la Tabla 3 del anexo de la primera parte del acuerdo lo explica)
2- Se crea la nueva figura de la jubilación voluntaria a partir de los 63 a. y 33a. cotizados, reducción de 7,5% por año anticipado.
06/02/2011 16:08
¿ Que link ?
06/02/2011 21:36
“¿ Que link ?”

Prueba aquí http://www.ugt.cat/index.php?option=com_docman&task=doc_details&Itemid=37&gid=798


07/02/2011 00:56
el link:
http://www.ccoo.cat/pdf_documents/acuerdo_social_y_económico.pdf
07/02/2011 08:46
Hola a todos: Perdona Kachalote pero en el texto integro que he sacado de google ni tampoco en el link que dices, aparece la tabla 3 que realmente es la que debería decir algo al respecto. Si la tienes podrías enviarmela a benesebas@hotmail.com?
Gracias