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jubilación anticipada

2 Comentarios
 
13/03/2021 11:03
Pilar59
Hola. Si cuando cumplas los 63 años ya tienes cotizados los 36 años , te podrías jubilar a los 63 años. Si no los tienes, no te podrás jubilar hasta los 65 años.
A la persona contratada no se la puede despedir antes de la jubilación y además el negocio debe cerrarse por jubilación sin nadie pueda continuar el negocio( por ejmeplo , por traspaso) después de la juibilación, pues existiría una sucesión empresarial. Sería un despido improcedente.
Si despidiese ahora a la empleada por despido improcedente ( siempre y cuando no haya estado en ERTE) y cerrase el negocio, podría hacer el convenio especial con la Tesorería y te jubilarías a las 65 años.
Saludos
08/03/2021 11:47
Pilar59
Corrijo un poco mi comentario porque creo que no he sido clara. Soy Autónoma nacido en 1959 y según simulación de la seguridad Social me podría jubilar en 2024 por haber alcanzado los 38 años cotizados Mi pregunta es , me podría ir en el año 2022 mediante convenio especial con Seguridad Social pagando yo esos 2 años? .Al tener un trabajador a mi cargo ,en el año 2022 cómo se contempla su situación si se me concede el convenio , es un despido improcedente ? Es termino de contrato por jubilación?
Gracias
Jubilación anticipada
08/03/2021 09:24
El Próximo año 2022 tendré 36 años cotizados y 63 años de edad. Mi pregunta es si podré acceder al convenio especial de jubilación anticipada hasta cumplir los 65 , renunciando al 100% y pagando yo las cuotas desde el 2022 hasta el 2024 que cumpliré 65.

Asimismo si tengo una persona contratada, ¿Como se gestionaría el cese de actividad?

Gracias de antemano por cuando ayuda que puedan ofrecer.