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Jubilación anticipada voluntaria de policía local

8 Comentarios
 
18/03/2024 03:01
Rascallu
Perdón, en 2025, te pedirán 38 años y 3 meses de cotización general. Como para ese año cumplirás 60 años, te pedirán haber cotizado un mínimo de 25 años efectivos (no cuenta academia y periodo de transición hasta el nombramiento como P. Local).
En resumen, en general, para poderte jubilar a los 60 años, sólo te piden 25 años efectivos como P. Local, es decir, por cada 5 años cotizados como P. Local te jubilas un año antes, pero para poder jubilarte a los 59 años, en 2024, 2025 y 2026, te piden 36 años y 6 meses cotizados como P. Local.
A partir de 2027, para las jubilaciones con 59 años, pedirán 37 años cotizados efectivos como P. Local.
La jubilación anticipada para las Policias Locales, está regulada en el R.D. 1449/2018, de 18 de diciembre. Pincha en el siguiente enlace: https://www.boe.es/buscar/pdf/2018/BOE-A-2018-17135-consolidado.pdf

Saludos

Saludos
18/03/2024 00:50
Murcie
Hola

Para poderte jubilar en 2024, te pedirán 38 años de cotización general, de los cuales deberás tener cotizados 36 años y 6 meses como Policia Local.
Debes tener en cuenta, que esos 36 años y 6 meses deben ser efectivos, o sea, debes mirar el documento en el que consta la fecha de tu nombramiento como P. Local. Desde ese dia hasta la fecha de tu cumpleaños en 2024, deben haber transcurridos 36 años y 6 meses. No cuenta el periodo de academia ni el transitorio desde la academia hasta la fecha de tu nombramiento.
Si no cumples los mencionados requisitos, deberás esperar hasta la fecha de tu cumpleaños de 2025.
En 2025 te pedirán 38 años y 3 meses de cotización general, de los cuales 36 años y 6 meses deben ser como P. Local.

Saludos
17/03/2024 11:33
Buenas.
Soy Policía Local ingresé el 01/04/1988 y ahora mismo llevo de cotización general 36 años y 6 meses, pero de cotización como Policía Local llevo 36 años.
Cumplo 59 años el día 13/11/2024.
¿Me podeís informar cuando me puedo jubilar?
Gracias.
04/01/2024 23:58
Hola

1º - Según la S. Social, de los 37 años y 9 meses que has trabajado como policia local, tienes que descontar el periodo de academia y prácticas, por lo que el contador se inicia desde que te nombran funcionario de carrera.
2º - Te lo han denegado porque, según ellos "el cómputo se realiza sobre el periodo efectivo ininterrumpídamente".
3º - Dado que tu desempeño como policía local se ha realizado en 2 etapas, debes hacer el cálculo sobre la 2ª, es decir, el coeficiente reductor de 0,20 se aplica desde que te reincorporaste en 1993.
4º - Teniendo en cuenta tus circunstancias, te jubilarás a los 60.

Saludos
03/01/2024 11:08
Rascallu
No entiendo que el periódo se interrumpa, ya que tanto la ley de la seguridad social como el estatuto de los trabajadores dice que la excedencia por cuidado de hijos se considera
período de cotización efectiva, y es considerado como situación asimilada al alta.
03/01/2024 03:32
Hola

Para poderte jubilar a los 59 años tenias los años cotizados como Policia Local que te solicitaban, pero, te lo deniegan porque en el 1993 interrumpiste la cotización como Policia Local. El coeficiente reductor que se te aplica es 0,20, o sea, por cada 5 años cotizados, te puedes jubilar 1 año antes, hasta un máximo de 5 años (en tu caso eran 6 pero la interrupción te lo cortó). Ahora, debes hacer el cálculo desde que te reincorporaste en 1993, o sea, tienes 30 años ininterrumpidos. Te podrás jubilar a los 60 años.

Un saludo
01/01/2024 12:08
Expertolaboral
Gracias por contestar.
Pero la jubilación yo la estoy pidiendo a los 59 años y dos meses.
Ya que con los coeficientes reductores mi edad de jubilación sería a los 59 años por llevar más de 36 años y medio de policía local.
Lo que pasa es que los días de excedencia maternal no me los han computado
31/12/2023 13:06
Lapoli
Hola. No entiendo la denegación pues en el 2023, si se tiene más de 37 años y 9 meses, una persona se puede jubilar a las 63 años ( aunque lo conveniente es jubilarse a los 63 años y medio pues cambia mucho el coeficiente reductor por esos 6 meses más). ¿Cuánto tiempo de cotización tienes según la resolución? Si no lo indica , ponte en contacto con el INSS a fin de que te informen sobre las cotizaciones tuyas.
Por otra parte la excedencia por maternidad durante los 3 primeros computan como tiempo cotizado.
Por último si hiciste el servicio social femenino también computa.
Te envío un enlace explicativo:
https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-2020-00000000852.
Te envío el enlace de los trámites para conseguirlo:
https://responde-funcionario-gob.es/donde-pedir-certificado-del-servicio-social-femenino/#:~:text=Actualmente%2C%20el%20Archivo%20General%20de%20la%20Administraci%C3%B3n%20es,realiz%C3%B3%20el%20servicio%20o%20por%20sus%20descendientes%20directos.
Si te interesa recurre o si no te interesa, espero que te reincorporen a los 63 años y medio vuelve a pedir la jubilación.
Saludos
Jubilación anticipada voluntaria de policía local
27/12/2023 16:48
Nací el 08/10/1964
Soy mujer
Entre en policía local del 01/03/1986
En 1993 pedí una excedencia maternal y no trabaje durante 9 meses, ( 274 días ).
He pedido la jubilación anticipada voluntaria para el 17 de diciembre de 2023, llevo trabajando 37 años y 9 meses y me la han denegado, al parecer porque los días de excedencia maternal no sirven como antigüedad para la jubilación.
Esto es así?