Para crj:
Efectivamente, en mi caso las actualizaciones me las calcularon en la S.S., en el escrito que recibí cuando
me " aceptaron la jubilación anticipada " y estimaron la cuantía de mi pensión.
Evidentemente las actualizaciones mejoran de una forma importante la pensión, sobre todo si se tienen en cuenta 20 ó 25 años para el cálculo.
como veo casi todos estais pagando el CE por el maximo de cotizacion de base a la SS. en 2014..3.596€, por lo que estais pagando mensualmente 786.39 si teneis el Sub.de may.55 años.
COMO EJEMPLO QUE TENGAMOS QUE JUBILARNOS A LOS 63 Y A PRINCIPIOS DE 2.017:
Nos faltarian pagar dos años a partir del 01.01.2015 por lo que si pagaramos por la B.C. maxima nos costaria 20.624€. en enero/2015 pasamos a pagar por la B.C. de 1.000€(2015) y 1.050€(2016) lo que nos costaria 2.400€ ,, dejariamos de pagar(ahorro) 18.224€
JUBILACION con B.C.MAXIMA. 18 años de bases al maximo , comparando con 25 años tambien al maximo seguramente es mejor la de 25 años pero no tengo las bases maximas del año 1992 a 1996, la jubilacion teniendo en cuenta los 18 ultimos años sale con un coeficiente reductor del 14% a ::: 2.506,73€ mensuales y por 14( el tope en 2016 sera de 2.567€ ).
JUBILACION con base 2 AÑOS DE 1000 Y 1050. mismo calculo ... con coeficiente reductor del 14% a ::: 2.296€ mensuales por 14.
cobro de menos 211€ mensuales x 14 y / por 12 son mensuales 246€,, dejabamos de pagar 18.224€ que / por 246€ son 74 meses que nesecitamos cobrar para recuperar la inversión, sin tener encuenta los pagos a Hacienda por este incremento en ingresos del trabajo. Y sin tener en cuenta los intereses que nos generaria este dinero en un DEPOSITO no mucho pero algo es algo.
con los 18.224€ se puede hacer un sobre sueldo de 182,24€ mensuales NETOS durante 100 MESES.
Por ultimo se me olvido los 211€ son BRUTOS ES DECIR QUE NETOS SERIAN UNOS 30€ MENOS AL MES POR IRPF. + INCREMENTO AÑUAL DEL 0.25%
supongo sabeis que cuando habeis cotizado por el tope en b.salarial LA base reguladora es bastante alta a lo mejor puede salir 2.800€ (se saca el coeficiente reductor) y de ahi la cantidad a percibir de JUBILACIÓN, que nunca puede ser superior al maximo exigido por ley en 2014.. 2.554,49€
@macodu:
Quisiera hacer una matización. Hay que tener en cuenta que el límite de pensión por jubilación anticipada a los 63 años sería el 96% de la pensión máxima. No podremos cobrar más de 2465€ en 2016, por lo que la diferencia se reduce a 169€. La retención mensual para 2465€ está actualmente en el 21%, en 2016 será algo menor.
Por favor, corregidme si estoy en un error.
Supongo que ya lo habréis leido, pero a los que no, mirad lo que publica hoy Cinco Días
http://cincodias.com/cincodias/2014/08/20/economia/1408544601_840023.html
Ahora bien, si la empresa no aparece en la famosa lista, parece que lo llevamos crudo.
Claro que, yo creo, que esto es darnos fundamentos juridicos para defender en los tribunales esta flagrante discriminación, agravio comparativo e injusticia.
el minimo porcentaje de retencion en coeficientes es del 86%, en el simulador de s.s. es el que me han aplicado con 45 años de cotización.
y por lo que he leido el más bajo es un coeficiente del 1,625€ por trimestre con no se cuantos años de cotizacion, por lo que el total del coeficiente reductor de 2 años seria del 13% , te corresponderia el 87% de la base reguladora
Buenos dias a todos
Me acabo de incorporar al foro al ser un afectado por
la nueva norma como vosotros,tengo cita en la seguridad social proximamente,
a ver que me cuentan
seguiremos en contacto.
los coeficientes reductores por jubilacion voluntaria anticipada que seria el caso a los 63 años es el siguiente:
a) menos de 38años y 6 meses un 2% trimestral
b) de 38años y 6 meses y menos de 41a. y 6 meses un 1,875% trimestral
c) 41años y 6 meses y menos de 44a. y 6 meses un 1,750% trimestral
d) 44años y 6 meses un 1,625% trimestral
Buenos días.
Cierto, con más de 44,5 años cotizados es un 1,625% trimestral. Esta reducción se aplica sobre la Base Reguladora, pero el importe resultante no podrá exceder del 96% de la pensión máxima. Calculo que en 2016 la pensión máxima estará en 2567 y el tope por jubilación a los 63 años estará en 2465, si el incremento es del 0,25%. En el programa autocálculo de la SS, cuando el resultado sobrepasa ese límite (según ellos 2501,61, aplicando un 1% anual de incremento), indica "este importe es superior al tope máximo de pensiones que la aplicación tiene establecido para el añño 2016 en su caso, ya que es anticipada".
Un saludo.
Buenos días a todos
Mi padre es una persona afectada. Cumplió 61 años el 17 de junio y por 4 días no puede jubilarse. Hace año y medio que no cobra nada absolutamente (y pagando durante este tiempo el convenio especial a la SS) ya que mi madre trabaja media jornada y le han dicho mil veces que no le pertenece ninguna ayuda.
Si lo que dice el diario 5 dias es verdad, existe un agrabio comparativo absoluto. Nosotros iremos a juicio pero es muy injusto que se desampare de esa manera a las personas que han sido despedidas sin formar parte de un ERE.
La empresa donde trabajaba mi padre era un empresa familiar... una vez más los perjudicados vamos a ser los mismos? los más pobres? se puede exprimir más a la gente? o está esperando el estado que muramos de un ataque al enterarnos de que por 4 días no podemos cobrar la pensión que durante 40 años de trabajo hemos estado esperando.
Qué podemos hacer? quién nos ayuda? nos podemos organizar de alguna manera para ir en masa a pedir lo que nos pertenece a nosotros o a nuestros familiares? me podeis ayudar/orientar?
realmente estamos desesperados
Tenemos el tema
Buenos dias a todos, desearia hacer una pregunta haber si alguien me puede ayudar, donde puedo ver el listado de 31.000 empresas que podrán los trabajadores jubilarse a los 61 años, segun publica el diario cinco dias,
en que direccion o pagina, web.
NO desesperes, es normal que al principio tu enojo y desorientación estamos en facebook ya un grupo de casi de 1400 entre afectados y posibles afectados, abre una cuenta u entra en jubilación61, encontrarás apoyo información de todo tipo. GRACIAS
Para Jesslinde:
En Facebok hay un foro (JUBILACION ANTICIPADA 61), donde previa peticón de acceso, hay muchos compañeros aportando su situación y novedades.
Saludos
Para macodu
Te decía island953, y éfectivamente es así, que en la nueva ley, la jubilación anticipada, además de los correspondientes coeficientes reductores, tiene esta gracia añadida:
Límite de la cuantía:
Una vez aplicados los referidos coeficientes reductores, el importe resultante de la pensión no podrá ser superior a la cuantía que resulte de reducir el tope máximo de pensión en un 0,50 por 100 por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación.
El coeficiente del 0,50 por 100 a que se refiere el apartado anterior no será de aplicación en los siguientes supuestos:
Cuando se trate de jubilaciones causadas por trabajadores con la condición de mutalistas.
En los casos de jubilaciones anticipadas, en relación con los grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre, o se refieran a personas con discapacidad.
O sea que si la pensión máxima está en 2.554.49, si nos jubilamos con 61 años por la ley nueva, la pensión no podría superar 2.452,31 (resultante de aplicar un 4% ( 0'50% 8 trimestres)) ó sea, como te decía island953, solo el 96% de la pensión máxima.
Un saludo.
Gracias. Ya he solicitado el facebook para unirme al grupo. De momento en principio la idea es denunciar a la SS... pero el jucio puede llevar meses y que ni siquiera se gane... no tiene sentido que unos sí y otros no...