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jubilacion 60 años

2 Comentarios
 
23/03/2005 18:14
Sí puedes jubilarte a los 60 años, por tener cotizaciones anteriores al 1-1-67.
Tendrías una reducción en la cuantía de tu pensión de un 8% por cada año que te falte para cumplir los 65, salvo que cumplas dos requisitos simultaneamente, en cuyo caso la reducción sería menor:
1º) Que tengas más de 30 años cotizados, en cuyo caso la reducción sería la siguiente: si tienes entre 31 y 34, un 7,5%; si tienes 38 o 39 años cotizados, un 6,5%; y si tienes 40 o más años cotizados, un 6% por cada año que te falte para los 65.
2º) Que el cese en el trabajo sea por causa no imputable al trabajador: despido, finalización contrato temporal, expediente de regulación de empleo...
Estos dos requisitos deben darse al mismo tiempo, para conseguir la reducción bonificada. Si no, la reducción es del 8% por año.

Un saludo.
23/03/2005 17:56
Hola.

Como acreditas la condicion de mutualista (has cotizado antes del 1/1/67) y ademas mas de la cuarta parte de tus cotizaciones son en el RFegimen General, aún siendo actualmente autónomo si puedes jubilarte anticipadamente.

Por cada año de jubulacion anticipada vas a perder un 8% del valor de la base reguladora, es decir, si te jubilas con 60 años, perdras un 40% de la pensión que te pudiese corresponder y que ya no es recuperable al cumplir los 65 años, esa sera tu pensión para toda la vida, con los incrementos claro está, que cada año se establezcan.

Saludos
Jubilacion 60 años
perfil sbd
23/03/2005 17:06
desde el 1962/63 hasta el 1995, estuve cotizando en el regimen general y en el regimen general de representantes de comercio, desde 1996 hasta la fecha en el de autonomos. mi idea es jubilarme a los 60. puedo solicitarlo ? que perderia por pedirlo 5 años antes de lo estipulado oficialmente ?gracias