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Jornada superior sin compensar

1 Comentarios
 
Jornada superior sin compensar
20/06/2016 17:14
Buenas tardes, cuando empecé a trabajar en mi empresa actual se me comentó que tenía 30 minutos para almorzar, por lo tanto al día se hacían 8 horas y media para compensar esa media hora de almuerzo. Yo siempre he estado en oficina y administración y pocas veces he parado a almorzar, me suelo tomar un café y poco más, no me importaba y así si en alguna ocasión tenía que faltar al trabajo compensaba con esos 30 minutos de más en los que no paraba exactamente. Con el paso del tiempo he visto mis condiciones deteriorarse y ver como no se actua igual ni de manera justa con los trabajadores y menos conmigo, La cuestión es que me niego a seguir regalando media hora y quiero o bien que me ajusten el horario o tomarme mi descanso. Al plantearlo me dijeron que en oficinas no se para a almorzar, lo cual ni me esperaba esa respuesta, así que les planteé que buscaran soluciones porque estoy haciendo media hora más y no me parecía ni justo ni correcto, también se excusaron diciendo que otro empleado siempre hacia más horas. La cuestión es que espero respuesta y me temo una pequeña posibilidad de que me digan que es lo que hay sin darme solución. Si esto ocurre, que puedo hacer? No quiero seguir regalando mi trabajo y menos con excusas como las que me han planteado pero por supuesto tampoco veo el motivo por el que tengo que dimitir si me obligan a trabajar más de lo que toca sin compensar. Gracias.
20/06/2016 17:57
Vera parte usted de un error, ese computo suele venir reflejado en el convenio de aplicación, el ET reconoce un descanso dentro de la jornada en jornadas superior o igual a 6 h. en jornada intensiva, ya sea para tomarse un café, fumar un cigarro o lo que quiera hacer, el ET reconoce 15 minutos pero ese tiempo es recuperable, muchos convenios lo mejoran con ampliación de ese tiempo, parece ser que el suyo es de 30 min. (esto debe mirarlo en su conveinio), a su vez muchos convenios recogen que ese tiempo es retribuido y no recuperable, otros no, nuevamente le digo que mire su convenio.
Le digo que parte de u error porque comenta que usted no utiliza ese tiempo para acumularlo y cuando reúna 8 horas descansar un día, esto no es posible, el ET marca que es un descanso diario de la jornada, tampoco se puede decir que no se desea disfrutar de ese descanso, es obligatorio por ley.
En cuanto a la típica frase lapidaria de "eso es lo que hay" puede usted demandar a la empresa o tb denunciar ante inspección pero solamente para tener dcho a disfrutar de ese descanso, no para reducirlo de la jornada.
Luego esta lo que dice del compañero, éste hará lo que quiere y si a final de mes cuando le pagan decide salir a la calle y al primer sr. que se encuentre por la calle le da por dar su nomina es problema de éste pero lo que haga ese sr. no se convierte en ley, usted tiene su jornada punto.
SMO