Para saber en qué situación te encuentras, debes solicitar tu vida laboral en la Tesorería de la Seguridad Social y preguntar si el código de contrato que figura corresponde a "una reducción de jornada por guarda legal".
Muchas empresas lo hacen mal (unas a propósito y otras por desconocimiento) y, al final, la que tiene el problema es la trabajadora.
En Tesorería te confirmarán si es correcto o no y cómo solucionarlo.
Pues no es así. Se cotiza por el porcentaje de la jornada que se realiza, aunque a efecto de determinadas prestaciones (IT, desempleo) se considera como si se hubiera cotizado a jornada completa durante los dos primeros años.
En cuanto a lo del contrato, el tema de funcionarios (interinos o no) no lo domino.
Hola, hasta ahora estaba trabajando en una administración publica como interina y con reducción de jornada por cuidado de un hijo menor (4 añitos). Trabajaba 25 horas pero cotizaba el 100%. Me han cesado y quieren hacerme un nuevo contrato, esta vez laboral, pero solo por las 25 horas, y dicen que no tengo derecho a reduccion de jornada porque es un contrato por proyecto (no entiendo muy bien por qué). Mi pregunta és: podre pedir la prestación por desempleo por el resto de jornada? Aún siendo en la misma empresa?
No me aseguran continuidad, y me da miedo que en unos meses me despidan y entonces me habria bajado mucho la prestación.