Si es mediante convenio cualquier cosa es posible en materia de jornada y horario siempre que se respete, el descanso entre jornada y jornada, de 12 horas, y el limite máximo anual de horas (1.826 si no me equivoco).
No lo harán mediante una disponibilidad plena de la empresa para tener al trabajador a su servicio permanente, pero ya encontrarán la fórmula.
Lo que no deberían hacer los representantes es aceptar esas condiciones salvo compensación.
Tengo un contrato indefinido de jornada completa a realizar de lunes a viernes. En la negociación del próximo convenio la empresa quiere rebajarnos la jornada diaria en 1 hora, y conseguir así que dispongamos de una especie de "remanente a su favor" (aprox. 228 horas) para tener disponibilidad horaria cuando la necesiten (incluido sábados y domingos). ¿Pueden hacerlo?