Hola, tengo una duda respecto a la distribución de la jornada laboral, los festivos y las vacaciones. Trabajo bajo el convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores. El contrato es de lunes a domingo, con dos días de descanso semanal. La empresa, distribuye la jornada laboral de la siguiente manera: trabajo a turnos de mañana y tarde de 7 horas. Sábado, domingo y días festivos, el horario es de 08.30 a 14.30 y de 18.30 a 21.30. Es decir, trabajo dos semanas en turno normal de 7 horas al día (librando dos días) y la tercera semana trabajo 3 días en turno normal y el fin de semana (o si hay algún festivo) en turno partido. No se pagan festivos y la empresa alega que están compensados en el modo que distribuye la jornada. Las vacaciones indicadas en el convenio son de 23 días laborables (que entiendo, deberían ser 31 naturales) pero la empresa aplica solo 4 semanas completas. Para resumir, observo que la empresa se come días de vacaciones y se aprovecha de los festivos para cubrir el área de trabajo sin meter más personal, obligando a realizar una jornada irregular durante todo el año (o superando el límite de jornada irregular dispuesto en el convenio de aplicación que es el 5% anual). Mi duda es si esto está bien o debería establecer una jornada ordinaria regular ((365 - festivos - vacaciones)/horas de trabajo efectivo según convenio) dado que al resolver esta operación me cuadra la jornada semanal marcada en convenio 38.5 horas, o 7.42horas diarias.
Por otro lado, solo permite vacaciones en verano, no observando impedimento legal para disfrutarlas fuera de ese período. La empresa trabaja todo el año.
Ya buscaré su convenio para mirar ciertos datos pero para empezar vaya galimatías que nos tiene usted montado.
Verá dice usted que tiene una jornada de 7 h 40 min/día y luego nos describe el horario y dice que este es de 8:30 a 14:30 por tanto 6 h y luego por la tarde de 18:30 a 21:30, es decir 3 h más por tanto su jornada diaria son 9 h/día y no 7:40 h.
A ver, aclaremos éste punto.
Por otra parte sería necesario saber qué categoría tiene usted y qué antigüedad tiene?
En cuanto a las vacaciones, 23 días laborables suponen 31,25 días naturales por lo que la empresa les está defraudando, nada que no se solucione con 7na denuncia ante inspección de trabajo.
Respecto a la jornada me temo que está haciendo usted muchas más horas que las que indica el convenio 1722 h/año.
Por otra parte sería necesario saber qué categoría tiene usted y qué antigüedad tiene?
En cuanto a las vacaciones, 23 días laborables suponen 31,25 días naturales por lo que la empresa les está defraudando, nada que no se solucione con 7na denuncia ante inspección de trabajo.
Respecto a la jornada me temo que está haciendo usted muchas más horas que las que indica el convenio 1722 h/año.
No, trabajamos jornada irregular. Dos semanas a turnos de mañana y tarde de 7 horas, y otra en la que trabajamos tres días 7 horas y fin de semana hacemos 9 horas (si en esa semana hay algún festivo se trabaja a 9 horas también).
Bueno pues mire usted sus cuadrantes, si oscilan entre 156,55 h/mes con una variación del 5%, es decir más/menos 164,4 o 148,8 h/mes estaría dentro de lo correcto (1722/11= 156,5454 h/mes, el duodécimo sería de vacaciones), esto durante un periodo de 45 sem/año trabajadas, (1722/38,5 = 44,73 semanas al año de trabajo efectivo, redondeando 45 sem/año)