Buenos días.
Hace una semana empecé a trabajar en una nueva empresa.
Mi pregunta es. Si realizó la jornada de 8 horas seguidas ya sea en turno de mañana o de tarde, he de recuperar los 15 minutos de ese descanso?
Me están haciendo recuperar cada día 20 minutos. 5 minutos corresponden a un mini descanso durante la jornada y 15 minutos que corresponden al descanso del bocadillo.
Pensé que al realizar la jornada completa el descanso denominado bocadillo por ley no se revupera
Muy bien, comen de o a trabajar hace una semana, muy buena información...y de qué nos sirve? En qué empezó a trabajar? Cuál es el convenio aplicable?
Vera el ET (Estatuto de los trabajadores), en jornada continua con más de 6 horas recoge la obligación de realizar un descanso mínimo de 15 minutos pero el ET dice que este tiempo es recuperable por tanto hay que ir al convenio de aplicación, en este puede que por un lado ese descanso sea mayor de 15 minutos y por otro lado, que este tiempo no sea recuperable.
smo
Mirando el convenio no dice nada al respecto por tanto se aplica el Estatuto, éste dice que en jornada continua tendrán un descanso de, como mínimo 15 min y serán recuperables.
smo