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IVIMA, devolución de fianza y cara dura.

1 Comentarios
 
Ivima, devolución de fianza y cara dura.
23/09/2008 11:24
Buenas,

Durante el pasado año y medio he estado alquilado en una vivienda. En su momento, entregué 8 meses de fianza en metálico al arrandador.

Hace 3 meses, el arrendador me comunicó que un familiar necesitaba el domicilio y tuve que abandonar la vivienda, hace ahora 1 mes.

El arrendador había depositado 1 mes de fianza en el IVIMA, menteniendo en su poder 7 meses más. Ahora, un mes después, sigue sin devolverme la fianza, alegando que el IVIMA no le ha devuelto el mes depositado. Como digo, otros 7 siguen en su poder, pero tampoco me devuelve estos. El IVIMA no puede proporcionar información salvo que se solicite por escrito, adjuntando muy diversa documentación.

¿Qué plazos legales existen para la devolución de la fianza?. ¿Por qué vías se puede reclamar la misma?. ¿Qué medidas proponéis para solventar esta situación?.

Muchas gracias. Un saludo
Juan.
26/09/2008 12:41
El organismo público encargado de gestionar las fianzas no debería tardar más de 1 ó 2 meses en devolver la fianza al propietario, tras lo cual éste debe devolverle de inmediato a ud. ese importe siempre que no haya deudas pendientes o desperfectos en la vivienda.
En cualquier caso los otros 7 meses de fianza, totalmente abusivos, debe devolvérselos el dueño, sin más retrasos, si el mismo le obligó a ud. a marcharse. Puede contactarme en abogadoesp@gmail.com