Tengo un bar, y este año he realizado unas obras de mejoras en el local de mi propiedad, la pregunta es la siguiente: ¿el iva pagado por los materiales, como el de los albañiles, puedo deducirlo en la liquidación anual? ¿ puedo amortizar las cantidades satisfechas, como bienes de inversión?, yo tributo por módulos, por si tiene algo que ver en al manera de contabilizarlo.