Se trata de una operación intracomunitaria por lo tanto el IVA de dicha prestacíón de Servicios se liquidara en destino y se presentara un resumen anual de operaciones intracomunitarias (mod. 349), asi como en la liquidación ordinaria de IVA, primero como IVA devengado y luego como soportado por tratarse de una operación de IVA soportado.
Tengo una empresa en Cortegana voy a cambiar mi programa informático y me lo va a realizar una empresa portuguesa,¿A efectos de IVA donde se localiza la operación?