Mi pregunta es la siguiente: una asociación propietaria de un terreno rústico va a proceder a su venta, el comprador ha sugerido que en la escritura se indique que la asociación "renuncie a la exención del IVA", de tal forma que la compraventa tribute por IVA, y no por transmisiones patrimoniales, ¿puede esto acarrear algún problema a la asociación? muchas gracias
Es una pregunta compleja. Nos habla de una asociación, pero no nos indica si tiene ánimo de lucro o no.
Lo primero, tratándose de una asociación, es determinar lo siguiente:
¿Emiten ustedes algún tipo de factura sujeta a IVA? Puesto que si no tienen la consideración de empresarios (es decir, no hay facturas con iva emitidas por ustedes) no hay iva ninguno que afecte a esta operación.
Muchas gracias Tributo. Se trata de una asociación sin ánimo de lucro, pero sí que se emiten algunas (pocas) facturas con IVA por algunos servicios que se prestan, a la vez que lógicamente también se pagan facturas con IVA a proveedores, etc.
En este caso, y aunque se trate de la venta de un terreno rústico en el que nunca se ha ejercido actividad alguna, ¿puede somerterse la venta a IVA en lugar de ITP?