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iva regla prorrata.

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Iva regla prorrata.
01/12/2011 12:07
Estimados compañeros, una empresa dedicada al alquiler de pisos (sin iva) y locales (con iva) aplica la prorrata general en su IVA deuducible. En el presente ejercicio cobro una indenmización por la compra de un inmueble que luego no llego a materalizarse, se le devolvio del doble de la cantidad adelantada. Una parte el adelanto con el correspondiente IVA y la otra, indemnización , sin IVA. ¿debo terner en cuenta esta cantidad por indenización sin IVA, para el cálculo del porcentaje de prorrata. Gracias de antemano.