En mi comunidad se pretende acometer obras de reparación diversas, para ello se tiene de un presupuesto de una empresa con un 7% de IVA. Dicha empresa además de la mano de obra facilita los materiales para la misma, los cuales son un 70% del importe total del presupuesto; el inmueble es de Protección Oficial, con unos 15 años de antigüedad.
¿es correcto dicho tipo impositivo?
¿no debería ser el 16%?
El problema viene dado que se escucharon algunos rumores de que si el presidente es amigo del de la empresa y no van a declarar ese 7% por ser ilegal y repartirselo entre ellos....no lo creo, pero cuando el rio suena....
Efectivamente es correcto el tipo reducido del 7%, si los materiales que aporta no suponen más del 20% del de la base imponible de la operación. Este tipo reducido sólo es aplicable a los trabajos de albañilería.
Saludos.