Buenos días: tengo una duda sobre el iva, recargo de equivalencia y régimen general. Actualmente soy comerciante minorista y estoy en recargo de equivalencia, solo vendo productos de un proveedor sin manipular por mí. Ahora voy a ofrecer el servicio de reparaciones de productos, pero no los reparo yo sino otra empresa. Esa empresa me devolverá el producto y yo se le daré al cliente. Yo no gano nada en eso, solo ofrezco un servicio de reparaciones a mis clientes que me compren.
¿Esa empresa me tiene que facturar con iva general y además recargo de equivalencia?¿Le tengo que informar yo de esa cuestión a esa empresa? ¿Cualquier empresa que me facture me tiene que poner el iva general más el recargo de equivalencia, o solo las empresas a las que les compre productos que yo voy a vender?
¿Qué pasaría si le recargo algo a mi cliente sobre la factura que me da la empresa de reparaciones?¿Tendría que declarar en otro régimen de iva?¿como va eso?