Es el I.V.A. un impuesto de caracter confiscatorio??
Son inconstitucionales las deducciones fiscales???
El .Artículo 31 de la CE dice.
1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de ACUERDO CON SU CAPACIDAD ECONOMICA mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de IGUALDAD y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance CONFISCATORIO."
El IVA creo que tiene caracter confiscatorio, dado que grava sobre otros impuestos, grava sobre lo que se compra con dinero que YA HA PAGADO IMPUESTOS, y NO sobre lo que se GANA, Ejemplo:
Gasolina: Materia prima : 0,22
Transporte: 0,12
Impuesto sobre Hidrocarburos: 0,80.
TOTAL: 1,14.
IVA de 1,14 = 0,19. Aqui se ha cobrado el IVA hasta del Impuesto sobre hidrocarburos, o sea, impuesto DEL impuesto. Ese IVA deberia ser solo de la materia prima y el transporte. Es confiscatorio. Y así con todo.
Ademas la CE establece que todos debemos contribuír al sostenimiento del Estado segun nuestros ingresos, pero no dice nUNCA que se deban pagar impuestos por comprar cosas, o por respirar por ejemplo.
Según la CE, la legislación solo puede imponer tibutos a LOS INGRESOS DE LAS PERSONAS.
Por esta regla de TRES, todos los impuestos que pagamos, EXCEPTO el IRPF, son INCONSTITUCIONALES, porque gravan sobre dinero que ya ha pagado sus impuestos ( HERENCIAS, PATRIMONIO), o sobre comprar cosas (IVA, AJD, Tabaco, Gasolina) que no tiene nada que ver sobre los ingresos de la persona.
Y la CE habla de IGUALDAD y progresividad en el sistema tributario, por lo que las deducciones tipo Vivenda, alquiler, discapacidades, edad, condiciones sociales, etc... son INCONSTITUCIONALES.