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IVA/irpf en soc.civil sin personalidad jca

3 Comentarios
 
Iva/irpf en soc.civil sin personalidad jca
06/10/2011 15:48
Mi caso es el siguiente: Nosotros formamos una sociedad civil, sin personalidad jurídica, que ha alquilado local de comercio a persona física. Le cobramos al mes el alquiler gastos comunidad.Mis dudas son 3:
1-En la factura ¿que formaría la base imponible, la cuota de arrendamiento, o ésta gastos comunidad?
2-¿El IVA e IRPF se lo debería aplicar a la base imponible?
3-En la declaración de IVA trimestral (modelo 303) y anual (390) ¿a qué le aplicaría el IVA?¿solo a la cuota de arrendamiento?¿o a la suma de cuota arrendamiento gastos comunidad?
Muchas gracias, ando perdidísimo pq soy profano en el tema.
3-
06/10/2011 19:23
Hola

La respuesta es la misma que ya te he dado en otro post idéntico.

Mi consejo es que busque un asesor de su localidad que le ayude en todos los temas fiscales de la SC, son muchas las obligaciones ficales y me temo que va a tener problemas con hacienda.

www.nbconsultores.com
info@nbconsultores.com

Un saludo desde Galicia


06/10/2011 22:23
1.- Arrendamento gastos de comunidad.
2.- La retención se aplica a la misma suma anterior, por estar sujeto a IRPF.
3.- Id. Id.
07/10/2011 13:46
Muchas gracias a ambos. No saben lo que se los agradezco, porque quiero hacer las cosas bien pero muchas veces hay cosas que se te escapan. De nuevo muchas gracias, son muy amables. Saludos.