Una empresa (persona física), radicada en España exporta a Brasil y Argentina (venta de bienes). Al no ser país de la UE, esta exenta de IVA, pero se puede deducir las cuotas soportadas en la fabricación del Bien.
Duda.
¿En que modelo de IVA se deduciria esas cuotas?
¿Y cual es el plazo para hacerlo?