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iva en la contabilización de la cancelación de una deuda

3 Comentarios
 
28/05/2008 18:25
según lo veo yo, por una parte la factura que te emite el proveedor tú la tienes que contabilizar "normal" es decir, como tú comentas..
(600) compras
(472) iva soportado a (400) proveedores

y respecto a lo que dices de que le das unos teléfonos a cambio si no le piensas emitir factura es más complicado porque deberías reflejar el gasto de los mismos con signo negativo, para que se vea, digamos, que deshaces el apunte que hiciste el año pasado de tal forma que:
(600) Compr.mercaderías (importe NEGATIVO)
a (400) Proveedores (en el debe con signo positivo) ó en el Haber con signo negativo.. y así se compensa la deuda..
28/05/2008 07:27
Muchas gracias por atenderme,
Yo compro un teléfono, y en vez de pagarlo, le aporto varios teléfonos viejos que yo tenía contabilizados como gasto en ejercicios anteriores.
Entonces, tengo que contabilizar la compra por el teléfono nuevo (lo quiero llevar a gasto).
Pero, ¿cómo cancelo la deuda con el proveedor?
Esto es lo que tenía pensado:
1.- contabilizar el gasto por la compra:
D 100 (602) Material de oficina
D 16 (472) iva soportado
H 116 (4000) Acreedores

y luego cancelar la deuda así:
D 116 euros (4000) Acreedores
H 116 euros (778) Ingresos extraordinaros

Pero qué pasa con el iva? Deduzco 16 euros por la compra, pero, ¿tengo que llevar los 116 a ingresos extraordinarios o llevo 100 y los otros 16 a iva repercutido?
Yo no he hecho ninguna fra. de venta al proveedor por los teléfonos viejos y él no me la ha pedido, él simplemente refleja al final "aportacion de materiales por 116 euros, total a pagar = cero euros"
Muchas gracias.
27/05/2008 16:55
a ver, varias dudas.. al proveedor le aportas tú el material ó es él el que te sirve a ti el material?
tenías esa mercancía ya contabilizada como gasto?.. es decir hiciste el asiento
(600) compras mercaderías a (400) Proveedores ??
es que lo he leído varias veces y no lo entiendo!
Iva en la contabilización de la cancelación de una deuda
26/05/2008 13:22
Buenos días a todos,

He de contabilizar una factura por un material valorado en 100 euros 16 euros de iva.
Al proveedor le aporto un material que yo tenía contabilizado como gasto en otro ejercicio, así que me hace una factura como sigue:
base: 100 euros
iva: 16 euros
total: 116 euros
al final de la fra. pone: aportacion de materiales : 116 euros.

En un principio pensé en hacer lo siguiente:
1.- contabilizar el gasto por la compra:
D 100 (602) Material de oficina
D 16 (472) iva soportado
H 116 (4000) Acreedores

y luego cancelar la deuda así:
D 116 euros (4000) Acreedores
H 116 euros (778) Ingresos extraordinaros

Pero me asalta la duda del iva, es decir, yo me deduzco 16 euros por la compra, pero, ¿tengo que llevar los 116 a ingresos extraordinarios o llevo 100 y los otros 16 a iva repercutido?
el caso es que yo no he hecho ninguna fra. de venta al proveedor y él no me la ha pedido, él simplemente refleja al final "aportacion de materiales por 116 euros, total a pagar = cero euros"

Muchísimas gracias
Un saludo